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¿Es necesario el alta en la Seguridad Social para prácticas de formación profesional no intensivas?

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Consulta

Según el Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, se establece que la realización de prácticas formativas en empresas, instituciones o entidades determina la inclusión en el sistema de la Seguridad Social de las personas que las realicen.

Las prácticas comprenden:
  • Las realizadas por alumnos universitarios para obtener titulaciones oficiales de grado, máster o doctorado, así como títulos propios de la universidad.
  • Las realizadas por alumnos de formación profesional, siempre que no se presten en el régimen de formación profesional intensiva.
En el caso de que las prácticas de FP no se realicen en régimen de formación profesional intensiva, ¿debemos cursar el alta en la Seguridad Social?

Respuesta

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Términos relacionados

titulaciones oficiales
régimen formación intensiva
Seguridad Social
prácticas formativas
formación profesional
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