¿Qué anotaciones debo realizar en afiliación para trabajadores desplazados temporalmente?
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Consulta
En relación con la publicación del BNR2/2024 sobre la orden ISM/835/2023, específicamente sobre las **Situaciones Adicionales de Afiliación (SAA)**, tengo algunas dudas. Actualmente, contamos con dos trabajadores que están desplazados temporalmente a Colombia. Uno de ellos se desplazó en noviembre de 2023 y el otro en enero de 2024. Ambos han comunicado su desplazamiento a la **TGSS** y están cotizando y tributando íntegramente en España.
¿Debemos realizar alguna anotación en afiliación en este caso? Agradecería una aclaración sobre las obligaciones que tenemos en relación a las SAA y cómo debemos proceder con la información de estos trabajadores.
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