¿Se otorga el aplazamiento de deudas de inmediato en la Seguridad Social?
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Consulta
¿El aplazamiento de deudas con la Seguridad Social se otorga de inmediato? Tengo varias dudas sobre este proceso. Si la respuesta no es inmediata, ¿cómo queda mi situación como solicitante? ¿Hay algún plazo adicional que deba considerar? ¿Se posterga el pago mientras espero la respuesta? Además, me preocupa si existe el riesgo de que se considere impagado, lo que podría generar recargos y sanciones. También me gustaría saber si la inspección del trabajo entiende que he gestionado el pago. Por último, ante la propuesta de liquidación que indica que tengo hasta el día 30 para pagar, si interpuse un recurso de alzada, ¿debo pagar igual o puedo solicitar el aplazamiento de la deuda?
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