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¿Cómo afecta la anulación de una baja por IT en la nómina y la regularización de seguros sociales?

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Consulta

En una de mis consultas, se mencionó que, tras una **incapacidad temporal (IT)** de dos días de trabajo en la nómina de marzo y abril, se anula una sanción impuesta por acuerdo. Me indicaron que, si se realizó una baja por **suspensión de empleo y salario (SES)** de 2 días, es necesario solicitar a **CASIA** la anulación de esa baja y alta, aportando el acuerdo de conciliación laboral. Además, se debe regularizar en los seguros sociales del mes en que se debieron abonar los importes. Con respecto a esta información y teniendo en cuenta el acuerdo, me surge la duda: ¿podría omitir el paso de anulación de la baja y proceder directamente a la regularización de los seguros sociales correspondientes al mes en el que se dejaron de abonar dichos importes? ¿O esta acción podría acarrear algún perjuicio para mí?

Respuesta

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