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¿Cómo gestionar la alta y baja de un autónomo colaborador en España?

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Consulta

En relación a la situación de un hijo del administrador de la empresa que fue dado de alta en el régimen general el 24 de julio de 2023, tengo algunas dudas que me gustaría aclarar.

1. El 30 de abril de 2024, este hijo cumplirá 18 años y, dado que no tiene participaciones en la empresa y convive con el administrador, me pregunto si debemos realizar su baja en el régimen general ese mismo día y proceder a su alta como autónomo colaborador el 1 de mayo de 2024.

2. Considerando que el encuadre obligatorio es como autónomo colaborador, ¿existe algún tipo de bonificación que se le pueda aplicar?

3. Además, me gustaría saber si es posible mantenerlo en el régimen general. ¿Hay alguna bonificación disponible para esta opción? Hasta la fecha, no hemos aplicado ninguna bonificación.

4. Por último, ¿se puede mantener en el régimen general independientemente de si hay bonificación? Y, ¿está excluido de algún tipo de cotización como FOGASA o desempleo?

Respuesta

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