¿Cómo rectificar una nómina y liquidar seguros sociales en caso de error de cálculo?
Consulta
Me gustaría aclarar una situación relacionada con la gestión de las liquidaciones de los seguros sociales de enero. He notado que la nómina de un trabajador presenta un error en su cálculo.
Para enero, hubo un aumento por convenio y el grupo al que pertenece la empresa ajustó los salarios de todos los trabajadores en esa escala, previendo el aumento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) de febrero, aplicando un ajuste retroactivo desde enero.
Este trabajador tenía un importe devengado (base de cotización) de diciembre de ****€. Se fue de baja por paternidad desde el día 22 de enero, lo que implica que trabajó 22 días y estuvo de baja 8 días. En este contexto, la base del primer tramo es de ****€ y la de la baja es de ****€, sumando un total de ****€.
¿Está bien calculado este total? Según mis cálculos, el primer tramo debería haberse ajustado al aumento estipulado, resultando en ****/30*22=****€, lo que genera una diferencia de ****€ respecto al importe de ****€. Para el segundo tramo, se calcula ****/30*8=****€, ya que se toma la última base de cotización para la prestación de paternidad.
Además, he revisado la nómina de febrero y la base que se está utilizando es de ****€. ¿Cuál es el procedimiento correcto en estos casos? ¿Debería rectificar la nómina de enero por la diferencia de ****€ y pagar el complemento para que el trabajador esté en la misma escala salarial que el resto? O, dado que el aumento es retroactivo, ¿puedo realizar este pago en febrero? ¿Cómo debo liquidar los seguros sociales? ¿Debo enviar los dos tramos de ****€ y ****€ tal como están?
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