¿Cómo se aplica la bonificación de la cuota de Seguridad Social para un colaborador del titular de la actividad?
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Consulta
En el caso de dar de alta a un **colaborador del titular de la actividad** que desea beneficiarse de la **bonificación de la cuota de Seguridad Social** establecida para este colectivo, me surge la siguiente duda: ¿Es necesario marcar el **check de cotización por cese de actividad** o este debe dejarse sin marcar? Me planteo esta cuestión porque, en las altas de los **RETA titulares de actividad**, si se desea aplicar la bonificación, no pueden cotizar por cese. Además, en el supuesto de que el colaborador no vaya a tener ingresos como trabajador autónomo, ¿qué **base de cotización** debería indicar al comunicar el alta? ¿Sería la del grupo 7 del régimen general o 1000€? Entiendo que, si tuviera ingresos, la base de cotización que debería indicar en 2024 sería la correspondiente a esos ingresos, ¿es correcto?
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