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¿Cómo se aplica la bonificación de la cuota de Seguridad Social para un colaborador del titular de la actividad?

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Consulta

En el caso de dar de alta a un **colaborador del titular de la actividad** que desea beneficiarse de la **bonificación de la cuota de Seguridad Social** establecida para este colectivo, me surge la siguiente duda:
¿Es necesario marcar el **check de cotización por cese de actividad** o este debe dejarse sin marcar?
Me planteo esta cuestión porque, en las altas de los **RETA titulares de actividad**, si se desea aplicar la bonificación, no pueden cotizar por cese.
Además, en el supuesto de que el colaborador no vaya a tener ingresos como trabajador autónomo, ¿qué **base de cotización** debería indicar al comunicar el alta? ¿Sería la del grupo 7 del régimen general o 1000€?
Entiendo que, si tuviera ingresos, la base de cotización que debería indicar en 2024 sería la correspondiente a esos ingresos, ¿es correcto?

Respuesta

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Términos relacionados

autónomo colaborador
RETA titulares
bonificación cuotas
Base de cotización
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