¿Cómo se calculan los salarios de tramitación tras un despido nulo en situación de IT?
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Consulta
Tengo una consulta sobre los **salarios de tramitación** tras un despido declarado nulo. En este caso, un empleado que se encontraba en **situación de Incapacidad Temporal (IT)** ha sido despedido, pero la sentencia ha determinado que dicho despido es nulo. Esto implica que debemos reincorporarle y calcular los salarios de tramitación correspondientes.
En la sentencia se menciona el importe diario bruto del salario, descontando las cantidades que el empleado ha recibido por la prestación de IT.
Quisiera aclarar lo siguiente:
Cuando el empleado fue despedido, estaba en IT y pasó a recibir el pago directo de la Mutua, que le abonó la prestación correspondiente.
En el cálculo de los salarios de tramitación, ¿es necesario descontar lo que ya ha sido abonado por la Mutua?
¿Debería diferenciarse entre los salarios de tramitación y la prestación de IT en este cálculo?
Además, me pregunto si, al tratarse de salarios de tramitación, la cotización debe reflejar la situación de IT, dado que el empleado está de baja médica.
Respuesta
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