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¿Cómo se interpreta el segundo apartado del convenio sobre el incremento salarial del 6,5%?

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Consulta

Me gustaría entender mejor la interpretación del segundo apartado del artículo del convenio, especialmente en lo que respecta al porcentaje del 6,5%. Según el texto, se menciona que:

  • Las personas trabajadoras cuyo salario bruto anual, a fecha 31 de diciembre de 2021, sea inferior a 29.000 euros brutos anuales, tienen derecho a una compensación.
  • Esta compensación es de 620 euros brutos y se pagará de forma única y no consolidable.
  • El pago se realizará exclusivamente en 2024, en la nómina del mes siguiente a la publicación del convenio.
  • Para recibir esta cantidad, es necesario que el salario bruto anual de 2022 no haya aumentado en un porcentaje igual o superior al 6,5% en comparación con el salario bruto anual a 31 de diciembre de 2021.
  • Además, quienes no estén activos en la empresa en la fecha de publicación del convenio, pero que hayan trabajado al menos tres meses en 2022, también tendrán derecho a recibir el importe proporcionalmente.

¿Podrían aclarar estos puntos y su significado?

Respuesta

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