¿Los días festivos cuentan como días no laborables para la cotización de trabajadores agrarios?
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Consulta
En nuestra empresa, que opera bajo el régimen agrario general, tenemos trabajadores con la categoría de peón especialista y contrato fijo discontinuo a tiempo completo. Estos trabajadores cotizan únicamente por los días laborables del mes.
Nuestra consulta es la siguiente: en el mes de marzo, los días 28 y 29 son festivos. ¿Estos días se consideran como días no laborables? En tal caso, ¿no cotizarían esos días?
Respuesta
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