¿Las dietas en trabajos itinerantes están exentas de cotización y tributación?
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Consulta
En relación a los trabajos donde el centro se considera móvil o itinerante, como en la producción audiovisual y rodajes, tengo una consulta específica. En el contrato se estipula la cláusula "debido a la peculiaridad de la actividad a realizar". ¿Esto significa que las dietas están exentas de cotización y tributación? Me gustaría entender mejor cómo se aplica esta normativa en estos casos.
Respuesta
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