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¿Cuál es la diferencia entre L90 y L03 en liquidaciones laborales?

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Consulta

No tengo claro cuál es la **diferencia entre una L90 y una L03**. En el caso de que en enero de 2024 se pague una **prima o un bonus** correspondiente al periodo del año natural 2023, ¿qué clave debería utilizar? También tengo dudas sobre las **primas trimestrales**; por ejemplo, si en abril de 2024 se paga una prima del primer trimestre del año, ¿debería usar L03? Solíamos hacer L03 para estos casos, pero ahora no estoy seguro si algunas deberían ser L90. ¿Podrían darme algún ejemplo que me ayude a diferenciar una de la otra? Además, si en junio de 2024 cobro un bonus de 2.000€, ¿debo repartir la cotización de enero a diciembre del 2024? ¿Habrá recargos de enero a mayo? ¿Se debe prorratear siempre entre los 12 meses del año en curso o se puede prorratear en este caso de enero a junio? En caso de **incentivos y comisiones**, ¿también debería prorratearse la cotización mensualmente entre los 12 meses del año?

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