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¿Es necesario informar a la TGSS sobre los autónomos colaboradores en una sociedad limitada?

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Consulta

Me gustaría aclarar un tema relacionado con la comunicación de las empresas, específicamente las sociedades limitadas, a la TGSS. En este caso, me refiero a si es necesario informar sobre los autónomos colaboradores, como por ejemplo, el cónyuge de la socia única, en caso de que no tenga participaciones en la S.L.

Para ilustrar mi consulta, imaginen que una persona constituye una S.L. UNIPERSONAL donde es titular del 100% de las participaciones y decide contratar a su esposo, quien debe hacerse autónomo colaborador. Mi duda es: ¿también hay que informar sobre este autónomo colaborador? Y si es así, ¿cómo se debe proceder?

Es importante mencionar que este autónomo colaborador tiene nómina y no desarrolla actividad económica a efectos del IRPF.

Respuesta

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