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¿Es posible tramitar una baja por agotamiento de IT después del día 545?

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Consulta

¿Puedo tramitar una baja por agotamiento de IT más tarde del día 545, es decir, el día 560? Quiero saber si, asumiendo que la empresa cubre las cotizaciones de esos días, es obligatorio realizar la tramitación el día 545. Si no lo hago en esa fecha, ¿perdería la opción de solicitar la baja?

Respuesta

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