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¿Qué implicaciones tiene un convenio bilateral hispano-japonés para el teletrabajo?

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Consulta

¿Cuáles son las implicaciones y gestiones necesarias para realizar un **convenio bilateral hispano-japonés** que permita el **teletrabajo** durante tres semanas en Japón? Quiero saber qué gestiones deben realizar tanto la empresa como el trabajador. Además, me gustaría entender si esto afecta de alguna manera el pago de los **seguros sociales** y si hay algún coste adicional que la empresa deba considerar. Por otro lado, ¿el trabajador necesita llevar a cabo alguna gestión ante la administración española o japonesa? ¿Cómo repercute esto en su **cotización a la seguridad social** y en las **retenciones de IRPF**?

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