¿La empresa debe pagar un embargo tras la liquidación de un trabajador?
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Consulta
En agosto, se despide a un trabajador y en su liquidación se incluye un embargo que venía pagándose. Sin embargo, la empresa no pagó dicho embargo. Dos meses después, se le levanta el embargo.
¿Debería la empresa pagar ahora esa "cuota" de embargo correspondiente a agosto, cuando aún no se había levantado el embargo?
O, al haberlo liquidado el trabajador, ¿ya se ha pagado esa "cuota" que estaba pendiente de su nómina de agosto?
Por tanto, ¿un pago ahora de la empresa significaría que estaría pagando dos veces lo mismo?
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