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¿Pueden los operarios cobrar indemnización de FOGASA y desempleo tras el cierre de la empresa?

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Consulta

Tengo una empresa en la que dos operarios estuvieron trabajando bajo el régimen general hasta el 30 de abril de 2023. A partir del 1 de mayo de 2023, estos operarios pasaron al régimen general especial, que está exento de FOGASA y desempleo. Mi consulta es la siguiente:
  • Si la empresa cierra y entra en concurso de acreedores, ¿podrían estos operarios cobrar la indemnización de FOGASA por el tiempo que trabajaron en el régimen general?
  • ¿En algún caso podrían acceder a cobrar el desempleo?

Tengo conocimiento de que en el caso de los autónomos, si no han transcurrido 60 meses, existe la posibilidad de cobrar el desempleo generado en el régimen general. Sin embargo, entiendo que en este caso específico no se aplicaría.

Respuesta

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