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¿Se puede descontar el exceso de complemento por IT en nóminas posteriores?

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Consulta

Soy un trabajador que se encuentra en situación de Incapacidad Temporal (IT). Según el convenio colectivo, mi empresa debe complementarme al 100% de mi salario durante un periodo de 12 meses. Sin embargo, he notado que, por error, me han complementado durante 15 meses. Me gustaría saber si esos 3 meses adicionales que me han complementado de más se pueden descontar en mis nóminas posteriores. ¿Es esto posible?

Respuesta

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