Logo

¿Se pueden abonar las vacaciones en el finiquito con el CRA correspondiente?

 2 vistas 

Consulta

En relación a la última respuesta a mi consulta, tengo una duda sobre si se pueden abonar las vacaciones en el finiquito como un concepto denominado vacaciones y con el CRA correspondiente.

Me gustaría entender mejor cómo se gestionan las vacaciones no disfrutadas en el finiquito y si es correcto que se incluyan como un concepto específico. Además, quiero saber si esto debe reflejarse en el Certificado de Retenciones e Ingresos a cuenta (CRA) y cómo afecta esto a mis obligaciones fiscales.

Respuesta

Respuesta exclusiva

Accede a todas las respuestas del consultorio y mantente al día con las últimas novedades legales.

Términos relacionados

finiquito vacaciones
certificado retenciones