¿Los trabajadores de desbroce y desmonte deben estar en el régimen agrario?
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Consulta
Tengo una duda sobre la clasificación de los trabajadores que realizan labores de desbroce, desmonte y actividades similares. En mi caso, me gustaría entender mejor la situación de las empresas que prestan servicios forestales a terceros, como el desmonte y desbroces, así como la apertura de caminos de acceso para maquinaria utilizada en instalaciones fotovoltaicas. Personalmente, considero que estos trabajadores deberían estar bajo el régimen general normal de la seguridad social. Sin embargo, la empresa insiste en que otras compañías del sector tienen a sus empleados en el sistema especial agrario. Mi perspectiva es que estas actividades no están directamente relacionadas con la agricultura. ¿Te ha llegado a ocurrir un caso similar?
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