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Artículo 13. Estatuto de los trabajadores

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Artículo 13. Estatuto de los trabajadores

Normativa

Artículo 13. Trabajo a distancia.

Las personas trabajadoras podrán prestar trabajo a distancia en los términos previstos en la Ley 10/2021 de trabajo a distancia.

Se modifica por la disposición final 3.1 de la Ley 10/2021, de 9 de julio. Ref. BOE-A-2021-11472

Se modifica por la disposición final 3.1 del Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre. Ref. BOE-A-2020-11043

Aclaración normativa

Lo que necesitas saber sobre el trabajo a distancia según el Artículo 13 📄

¿Qué implica esta normativa para ti? 🌐

La normativa sobre trabajo a distancia, regulada por el Artículo 13 del Estatuto de los Trabajadores, establece un marco claro para aquellos que trabajan desde casa o cualquier otro lugar que no sea el centro de trabajo de la empresa. Aquí te explicamos los puntos más relevantes:

  • Definición clara: El trabajo a distancia se refiere a la actividad laboral que se realiza principalmente en el domicilio del trabajador o en otro lugar elegido por él, en lugar de hacerlo en el centro de trabajo.
  • Derechos equiparables: Los trabajadores a distancia tienen los mismos derechos que los que están en la oficina, como la retribución, formación y promoción profesional.
  • Acuerdo formal: Es obligatorio que el acuerdo de trabajo a distancia esté por escrito, ya sea en el contrato inicial o en un documento posterior.

¿Qué debes hacer al respecto? 📝

Si eres trabajador a distancia o tu empresa está considerando esta modalidad, aquí tienes algunas acciones que deberías tomar:

  • Formaliza el acuerdo: Asegúrate de que tu acuerdo de trabajo a distancia esté documentado por escrito. Esto te protegerá y clarificará tus derechos y obligaciones.
  • Infórmate sobre tus derechos: Conoce que tienes derecho a la formación, a la desconexión digital y a un entorno laboral seguro, incluso si trabajas desde casa.

¿Cuándo debes hacerlo? ⏰

  • Inmediatamente: Si ya trabajas a distancia y no tienes un acuerdo formal, es momento de hablar con tu empleador para establecerlo.
  • En caso de cambios: Si tu empresa decide implementar el trabajo a distancia, asegúrate de que todos los aspectos estén claros y documentados desde el inicio.

¿Qué ocurre si no lo haces? ⚠️

No formalizar el acuerdo de trabajo a distancia puede llevar a varias consecuencias:

  • Incertidumbre legal: Podrías perder derechos importantes si no tienes un acuerdo claro que los respalde.
  • Sanciones: La ley establece sanciones que pueden variar desde 70 euros hasta 225.018 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción.

¿Qué excepciones existen? 🔄

Aunque la normativa es bastante clara, hay algunas excepciones que debes tener en cuenta:

  • Trabajo temporal: Si el trabajo a distancia se establece de forma temporal, las condiciones pueden ser diferentes, pero siempre deben estar documentadas.
  • Sector específico: Algunas industrias pueden tener regulaciones específicas que modifiquen cómo se aplica el trabajo a distancia.

Ejemplo de la vida real 🏠

Imagina que trabajas en una empresa de marketing y te ofrecen la opción de trabajar desde casa. Para formalizar esta modalidad, debes:

  1. Hablar con tu jefe sobre un acuerdo por escrito.
  2. Asegurarte de que recibes la misma formación que tus compañeros en la oficina.
  3. Conocer tus derechos a desconectarte fuera del horario laboral.

Información crucial 🔍

Importante: Asegúrate de que tu acuerdo de trabajo a distancia esté formalizado por escrito para proteger tus derechos y evitar problemas legales.

Acciones concretas que debes considerar 🎯

  1. Solicita un acuerdo por escrito: Si no lo tienes, habla con tu empleador.
  2. Infórmate sobre tus derechos: Conoce lo que te corresponde como trabajador a distancia.
  3. Establece un espacio de trabajo seguro: Asegúrate de que tu entorno de trabajo en casa cumpla con las normativas de seguridad y salud.

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