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Artículo 19. Estatuto de los trabajadores

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Artículo 19. Estatuto de los trabajadores

Normativa

Artículo 19. Seguridad y salud en el trabajo.

1. El trabajador, en la prestación de sus servicios, tendrá derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo.

2. El trabajador está obligado a observar en su trabajo las medidas legales y reglamentarias de seguridad y salud en el trabajo.

3. En la inspección y control de dichas medidas que sean de observancia obligada por el empresario, el trabajador tiene derecho a participar por medio de sus representantes legales en el centro de trabajo, si no se cuenta con órganos o centros especializados competentes en la materia a tenor de la legislación vigente.

4. El empresario está obligado a garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva tanto en el momento de su contratación, cualquiera que sea la modalidad o duración de esta, como cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeñe o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo. El trabajador está obligado a seguir la formación y a realizar las prácticas. Todo ello en los términos señalados en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y en sus normas de desarrollo, en cuanto les sean de aplicación.

5. Los delegados de prevención y, en su defecto, los representantes legales de los trabajadores en el centro de trabajo, que aprecien una probabilidad seria y grave de accidente por la inobservancia de la legislación aplicable en la materia, requerirán al empresario por escrito para que adopte las medidas oportunas que hagan desaparecer el estado de riesgo; si la petición no fuese atendida en un plazo de cuatro días, se dirigirán a la autoridad competente; esta, si apreciase las circunstancias alegadas, mediante resolución fundada, requerirá al empresario para que adopte las medidas de seguridad apropiadas o que suspenda sus actividades en la zona o local de trabajo o con el material en peligro. También podrá ordenar, con los informes técnicos precisos, la paralización inmediata del trabajo si se estima un riesgo grave de accidente.

Si el riesgo de accidente fuera inminente, la paralización de las actividades podrá ser acordada por los representantes de los trabajadores, por mayoría de sus miembros. Tal acuerdo podrá ser adoptado por decisión mayoritaria de los delegados de prevención cuando no resulte posible reunir con la urgencia requerida al órgano de representación del personal. El acuerdo será comunicado de inmediato a la empresa y a la autoridad laboral, la cual, en veinticuatro horas, anulará o ratificará la paralización acordada.

Aclaración normativa

Lo que necesitas saber sobre el Artículo 19: Seguridad y salud en el trabajo 📄

El Artículo 19 del Estatuto de los Trabajadores de España es fundamental en el ámbito laboral, ya que establece derechos y deberes relacionados con la seguridad y salud en el trabajo. Vamos a desglosar esta normativa para que entiendas cómo te afecta y qué acciones debes tomar.

¿Qué implica esta normativa para ti? 🌐

  • Derecho a la protección eficaz: Como trabajador, tienes derecho a recibir una protección adecuada en materia de seguridad y salud en tu lugar de trabajo.
  • Obligación de seguir las normas: También estás obligado a cumplir con las medidas de seguridad y salud establecidas por la empresa.

¿Qué debes hacer al respecto? 📝

  • Participar en la formación: Debes asistir a la formación que te ofrezca tu empleador sobre prevención de riesgos laborales.
  • Informar sobre riesgos: Si observas alguna situación de riesgo, es importante que lo comuniques a tus representantes legales o a la empresa.

¿Cuándo debes hacerlo? ⏰

  • Formación al inicio y al cambiar de puesto: La formación debe recibirla al inicio de tu contrato y cada vez que cambies de funciones o se introduzcan nuevas tecnologías.
  • Inmediatamente al detectar riesgos: Si notas un riesgo grave e inminente, debes actuar de inmediato.

¿Qué ocurre si no lo haces? ⚠️

  • Responsabilidad legal: Si no cumples con las medidas de seguridad, podrías ser considerado responsable en caso de un accidente.
  • Sanciones para la empresa: Si la empresa no actúa para corregir los riesgos, puede enfrentar sanciones por parte de la autoridad laboral.

¿Qué excepciones existen? 🔄

  • Colaboración en la prevención: No hay excepciones generales, pero se permite adaptar las medidas a las necesidades específicas de cada centro de trabajo.

Ejemplo de la vida real 🏠

Imagina que trabajas en una fábrica y notas que una máquina tiene un defecto que podría causar un accidente. Según la normativa, tienes el derecho y la responsabilidad de informar a tu supervisor o a los delegados de prevención. Si el problema no se resuelve en un tiempo razonable, ellos pueden solicitar la paralización de la actividad hasta que se tomen las medidas necesarias.

Información crucial 🔍

Importante: La formación en prevención de riesgos laborales es obligatoria y debe ser proporcionada por el empresario al inicio del contrato y cuando se produzcan cambios.

Acciones concretas que debes considerar 🎯

  1. Asiste a todas las formaciones que ofrezca tu empleador.
  2. Informa de inmediato sobre cualquier riesgo que detectes en el trabajo.
  3. Conoce tus derechos y los procedimientos para participar en la seguridad y salud en tu entorno laboral.

Recuerda que la seguridad y salud en el trabajo es un tema serio y que todos tenemos un papel que desempeñar. Si quieres profundizar más sobre este tema y otros relacionados, ¡regístrate en Aprende RED para obtener más información!