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Artículo 20. Estatuto de los trabajadores

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Artículo 20. Estatuto de los trabajadores

Normativa

Artículo 20. Dirección y control de la actividad laboral.

1. El trabajador estará obligado a realizar el trabajo convenido bajo la dirección del empresario o persona en quien este delegue.

2. En el cumplimiento de la obligación de trabajar asumida en el contrato, el trabajador debe al empresario la diligencia y la colaboración en el trabajo que marquen las disposiciones legales, los convenios colectivos y las órdenes o instrucciones adoptadas por aquel en el ejercicio regular de sus facultades de dirección y, en su defecto, por los usos y costumbres. En cualquier caso, el trabajador y el empresario se someterán en sus prestaciones recíprocas a las exigencias de la buena fe.

3. El empresario podrá adoptar las medidas que estime más oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales, guardando en su adopción y aplicación la consideración debida a su dignidad y teniendo en cuenta, en su caso, la capacidad real de los trabajadores con discapacidad.

4. El empresario podrá verificar el estado de salud del trabajador que sea alegado por este para justificar sus faltas de asistencia al trabajo, mediante reconocimiento a cargo de personal médico. La negativa del trabajador a dichos reconocimientos podrá determinar la suspensión de los derechos económicos que pudieran existir a cargo del empresario por dichas situaciones.

Aclaración normativa

Lo que necesitas saber sobre el Artículo 20 de la Dirección y Control de la Actividad Laboral 📄

El Artículo 20 del Estatuto de los Trabajadores de España establece normas fundamentales que regulan la relación entre trabajadores y empresarios. Vamos a desglosar lo que significa esto para ti, tanto si eres trabajador como empresario.

¿Qué implica esta normativa para ti? 🌐

  • Obligación de trabajo: Como trabajador, debes realizar el trabajo acordado bajo la dirección del empresario. Esto significa que tienes que seguir las instrucciones que te den.
  • Colaboración y diligencia: Tienes que ser diligente y colaborativo en tu trabajo, cumpliendo con las normativas y convenios establecidos.
  • Derechos y dignidad: Aunque el empresario tiene poder de control, debe respetar tu dignidad como trabajador.

¿Qué debes hacer al respecto? 📝

  • Cumplir con las instrucciones: Asegúrate de seguir las órdenes y directrices que te dé tu empresario.
  • Colaborar con buena fe: Trabaja de manera honesta y leal, cumpliendo con tus obligaciones laborales.

¿Cuándo debes hacerlo? ⏰

  • Desde el inicio de tu contrato: Estas obligaciones son aplicables desde el momento en que inicias tu relación laboral.

¿Qué ocurre si no lo haces? ⚠️

  • Consecuencias laborales: Si no cumples con tus obligaciones, podrías enfrentar sanciones, que van desde amonestaciones hasta el despido.
  • Suspensión de derechos económicos: En caso de negativa a someterte a reconocimientos médicos, podrías perder tus derechos económicos relacionados con la ausencia laboral.

¿Qué excepciones existen? 🔄

  • Trabajadores con discapacidad: Las medidas de control deben adaptarse a las capacidades reales de los trabajadores con discapacidad, garantizando su dignidad.

Ejemplo de la vida real 🏠

Imagina que trabajas en una oficina. Tu jefe te da instrucciones sobre un proyecto específico y espera que lo sigas al pie de la letra. Si decides ignorar sus indicaciones, podrías tener problemas en tu evaluación de desempeño o incluso ser despedido. Por otro lado, si necesitas faltar al trabajo por razones de salud, debes estar dispuesto a someterte a un reconocimiento médico si tu jefe lo solicita.

Información crucial 🔍

Importante: La negativa a someterse a reconocimientos médicos puede llevar a la suspensión de tus derechos económicos.

Acciones concretas que debes considerar 🎯

  1. Cumple con tus obligaciones laborales: Realiza el trabajo que se te ha asignado y sigue las instrucciones de tu empresario.
  2. Mantén una comunicación abierta: Si tienes dudas sobre tus tareas, habla con tu jefe.
  3. Prepárate para los reconocimientos médicos: Si necesitas faltar al trabajo, asegúrate de estar dispuesto a someterte a un reconocimiento médico si es solicitado.

En resumen, el Artículo 20 establece un marco claro para la relación laboral, donde tanto trabajadores como empresarios tienen derechos y obligaciones. Si deseas profundizar más en este tema y conocer cómo te afecta directamente, te invitamos a registrarte en Aprende RED para acceder a más información.