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Artículo 32. Estatuto de los trabajadores

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Artículo 32. Estatuto de los trabajadores

Normativa

Artículo 32. Garantías del salario.

1. Los créditos salariales por los últimos treinta días de trabajo y en cuantía que no supere el doble del salario mínimo interprofesional gozarán de preferencia sobre cualquier otro crédito, aunque este se encuentre garantizado por prenda o hipoteca.

2. Los créditos salariales gozarán de preferencia sobre cualquier otro crédito respecto de los objetos elaborados por los trabajadores mientras sean propiedad o estén en posesión del empresario.

3. Los créditos por salarios no protegidos en los apartados anteriores tendrán la condición de singularmente privilegiados en la cuantía que resulte de multiplicar el triple del salario mínimo interprofesional por el número de días del salario pendientes de pago, gozando de preferencia sobre cualquier otro crédito, excepto los créditos con derecho real, en los supuestos en los que estos, con arreglo a la ley, sean preferentes. La misma consideración tendrán las indemnizaciones por despido en la cuantía correspondiente al mínimo legal calculada sobre una base que no supere el triple del salario mínimo.

4. El plazo para ejercitar los derechos de preferencia del crédito salarial es de un año, a contar desde el momento en que debió percibirse el salario, transcurrido el cual prescribirán tales derechos.

5. Las preferencias reconocidas en los apartados precedentes serán de aplicación en todos los supuestos en los que, no hallándose el empresario declarado en concurso, los correspondientes créditos concurran con otro u otros sobre bienes de aquel. En caso de concurso, serán de aplicación las disposiciones de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, relativas a la clasificación de los créditos y a las ejecuciones y apremios.

Aclaración normativa

Lo que necesitas saber sobre el Artículo 32 del Estatuto de los Trabajadores 📄

El Artículo 32 del Estatuto de los Trabajadores en España es fundamental para proteger los derechos salariales de los trabajadores. Este artículo establece garantías importantes que aseguran que los salarios sean pagados de manera prioritaria en caso de insolvencia del empresario. Vamos a desglosar todo lo que necesitas saber sobre este tema.

¿Qué implica esta normativa para ti? 🌐

  • Preferencia de Créditos Salariales: Si trabajas y no te pagan, tus salarios tienen prioridad sobre otros tipos de deudas que el empresario pueda tener. Esto significa que, si el empresario se encuentra en problemas económicos, tú serás uno de los primeros en cobrar.
  • Protección en Insolvencia: En caso de que el empresario no pueda pagar, hay mecanismos, como el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), que te ayudarán a recuperar parte de tu salario.

¿Qué debes hacer al respecto? 📝

  • Reclamar Salarios Pendientes: Si no te han pagado, tienes derecho a reclamar tu salario. Esto se puede hacer a través de la jurisdicción social.
  • Conocer tus Derechos: Es importante que estés informado sobre tus derechos salariales y cómo ejercerlos.

¿Cuándo debes hacerlo? ⏰

  • Plazo de un Año: Tienes un año desde el momento en que debió pagarse tu salario para hacer la reclamación. Si no lo haces dentro de este plazo, perderás el derecho a reclamar.

¿Qué ocurre si no lo haces? ⚠️

  • Prescripción de Derechos: Si dejas pasar el plazo de un año, tus derechos a reclamar el salario prescriben, lo que significa que no podrás exigir el pago.
  • Infracciones para el Empresario: Si el empresario no paga, puede enfrentar sanciones graves, lo que podría incluir multas.

¿Qué excepciones existen? 🔄

  • Créditos con Derecho Real: Los créditos que están garantizados con prenda o hipoteca tienen prioridad sobre los créditos salariales. Esto significa que, en algunas situaciones, otros acreedores pueden cobrar antes que tú.
  • Casos de Concurso: En situaciones de concurso de acreedores, la ley establece un procedimiento específico para clasificar los créditos, lo que puede afectar el cobro de salarios.

Ejemplo de la Vida Real 🏠

Imagina que trabajas en una empresa y, tras varios meses, no has recibido tu salario. La empresa comienza a tener problemas económicos y se declara en insolvencia. Según el Artículo 32, tienes derecho a reclamar tu salario. Si la empresa no puede pagarte, el FOGASA podría ayudarte a recuperar parte de lo que te deben, siempre que lo hagas dentro del plazo establecido.

Información Crucial 🔍

Importante: Recuerda que tienes un plazo de un año para reclamar tu salario, y que tu salario tiene preferencia sobre otras deudas del empresario, salvo excepciones.

Acciones Concretas que Debes Considerar 🎯

  1. Infórmate sobre tus derechos salariales.
  2. Si no te han pagado, reclama tu salario ante la jurisdicción social.
  3. Hazlo dentro del plazo de un año para no perder tu derecho a cobrar.

Recuerda que estar informado es clave para proteger tus derechos laborales. Si quieres profundizar más en este tema y recibir asesoría personalizada, ¡regístrate en Aprende RED y accede a más información!