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Artículo 35. Estatuto de los trabajadores

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Artículo 35. Estatuto de los trabajadores

Normativa

Artículo 35. Horas extraordinarias.

1. Tendrán la consideración de horas extraordinarias aquellas horas de trabajo que se realicen sobre la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo, fijada de acuerdo con el artículo anterior. Mediante convenio colectivo o, en su defecto, contrato individual, se optará entre abonar las horas extraordinarias en la cuantía que se fije, que en ningún caso podrá ser inferior al valor de la hora ordinaria, o compensarlas por tiempos equivalentes de descanso retribuido. En ausencia de pacto al respecto, se entenderá que las horas extraordinarias realizadas deberán ser compensadas mediante descanso dentro de los cuatro meses siguientes a su realización.

2. El número de horas extraordinarias no podrá ser superior a ochenta al año, salvo lo previsto en el apartado 3. Para los trabajadores que por la modalidad o duración de su contrato realizasen una jornada en cómputo anual inferior a la jornada general en la empresa, el número máximo anual de horas extraordinarias se reducirá en la misma proporción que exista entre tales jornadas.

A los efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, no se computarán las horas extraordinarias que hayan sido compensadas mediante descanso dentro de los cuatro meses siguientes a su realización.

El Gobierno podrá suprimir o reducir el número máximo de horas extraordinarias por tiempo determinado, con carácter general o para ciertas ramas de actividad o ámbitos territoriales, para incrementar las oportunidades de colocación de los trabajadores en situación de desempleo.

3. No se tendrá en cuenta, a efectos de la duración máxima de la jornada ordinaria laboral, ni para el cómputo del número máximo de las horas extraordinarias autorizadas, el exceso de las trabajadas para prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes, sin perjuicio de su compensación como horas extraordinarias.

4. La prestación de trabajo en horas extraordinarias será voluntaria, salvo que su realización se haya pactado en convenio colectivo o contrato individual de trabajo, dentro de los límites del apartado 2.

5. A efectos del cómputo de horas extraordinarias, la jornada de cada trabajador se registrará día a día y se totalizará en el periodo fijado para el abono de las retribuciones, entregando copia del resumen al trabajador en el recibo correspondiente.

Aclaración normativa

Lo que necesitas saber sobre las horas extraordinarias 📄

El artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores en España establece las normas sobre las horas extraordinarias. Este artículo es fundamental para entender tus derechos y obligaciones como trabajador. Vamos a desglosarlo de manera sencilla para que puedas comprenderlo mejor.

¿Qué implica esta normativa para ti? 🌐

  • Definición de horas extraordinarias: Son aquellas horas de trabajo que realizas más allá de la jornada ordinaria fijada por convenio colectivo o contrato individual.
  • Tipos de horas extraordinarias:
  • Comunes: No tienen una causa específica y son voluntarias, salvo que se acuerde lo contrario.
  • Estructurales: Necesarias por circunstancias laborales imprevistas, también son voluntarias a menos que se pacte lo contrario.
  • Por fuerza mayor: Obligatorias para prevenir o reparar daños urgentes.

¿Qué debes hacer al respecto? 📝

  • Conocer tus derechos: Infórmate sobre si tu contrato o convenio colectivo establece condiciones específicas sobre las horas extraordinarias.
  • Registrar tus horas: Asegúrate de que tu jornada laboral se registre diariamente. Esto es importante para verificar si se están cumpliendo los límites establecidos.

¿Cuándo debes hacerlo? ⏰

  • Registro diario: Debes asegurarte de que tu jornada se registre cada día, y se totalice en el periodo de pago correspondiente. Esto es crucial para el cálculo de las horas extraordinarias.

¿Qué ocurre si no lo haces? ⚠️

  • Infracciones: No cumplir con el registro de horas o exceder los límites establecidos puede resultar en sanciones graves. Las multas pueden ir desde 300€ hasta 90.000€ en casos extremos.

¿Qué excepciones existen? 🔄

  • Trabajadores menores de 18 años: No pueden realizar horas extraordinarias.
  • Trabajadores con contratos de formación: Están excluidos de realizar horas extras.
  • Trabajadores con discapacidad en centros especiales: También están exentos.

Ejemplo de la vida real 🏠

Imagina que trabajas en una empresa de logística. Un día, tu jefe te pide que trabajes dos horas más porque hay un aumento inesperado en los pedidos. Si no hay un acuerdo previo en el contrato o convenio colectivo, tú puedes decidir si aceptas o no esas horas extraordinarias. Si decides trabajar, asegúrate de que esas horas se registren correctamente y que se te paguen o compensen de acuerdo a la normativa.

Información crucial 🔍

Importante: El número máximo de horas extraordinarias al año es de 80. Cualquier acuerdo que supere este límite es nulo.

Acciones concretas que debes considerar 🎯

  1. Infórmate sobre tu contrato y convenio colectivo.
  2. Registra tus horas de trabajo diariamente.
  3. Verifica que se cumplan los límites de horas extraordinarias.
  4. Comunica a tu empleador cualquier irregularidad en el registro.
  5. Consulta con un abogado o representante sindical si tienes dudas sobre tus derechos.

Si quieres profundizar más sobre este tema y asegurarte de que estás cumpliendo con todas las normativas laborales, ¡regístrate en Aprende RED para obtener más información y recursos útiles!

Recuerda, estar informado es tu mejor herramienta para proteger tus derechos laborales.