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Artículo 39. Estatuto de los trabajadores

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Artículo 39. Estatuto de los trabajadores

Normativa

Artículo 39. Movilidad funcional.

1. La movilidad funcional en la empresa se efectuará de acuerdo a las titulaciones académicas o profesionales precisas para ejercer la prestación laboral y con respeto a la dignidad del trabajador.

2. La movilidad funcional para la realización de funciones, tanto superiores como inferiores, no correspondientes al grupo profesional solo será posible si existen, además, razones técnicas u organizativas que la justifiquen y por el tiempo imprescindible para su atención. El empresario deberá comunicar su decisión y las razones de esta a los representantes de los trabajadores.

En el caso de encomienda de funciones superiores a las del grupo profesional por un periodo superior a seis meses durante un año u ocho durante dos años, el trabajador podrá reclamar el ascenso, si a ello no obsta lo dispuesto en convenio colectivo o, en todo caso, la cobertura de la vacante correspondiente a las funciones por él realizadas conforme a las reglas en materia de ascensos aplicables en la empresa, sin perjuicio de reclamar la diferencia salarial correspondiente. Estas acciones serán acumulables. Contra la negativa de la empresa, y previo informe del comité o, en su caso, de los delegados de personal, el trabajador podrá reclamar ante la jurisdicción social. Mediante la negociación colectiva se podrán establecer periodos distintos de los expresados en este artículo a efectos de reclamar la cobertura de vacantes.

3. El trabajador tendrá derecho a la retribución correspondiente a las funciones que efectivamente realice, salvo en los casos de encomienda de funciones inferiores, en los que mantendrá la retribución de origen. No cabrá invocar como causa de despido objetivo la ineptitud sobrevenida o la falta de adaptación en los supuestos de realización de funciones distintas de las habituales como consecuencia de la movilidad funcional.

4. El cambio de funciones distintas de las pactadas no incluido en los supuestos previstos en este artículo requerirá el acuerdo de las partes o, en su defecto, el sometimiento a las reglas previstas para las modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo o a las que a tal fin se hubieran establecido en convenio colectivo.

Aclaración normativa

Lo que necesitas saber sobre la movilidad funcional en el trabajo 📄

La movilidad funcional es un tema importante en el ámbito laboral que afecta a muchos trabajadores. Vamos a desglosar qué significa, cómo te afecta y qué acciones puedes tomar para asegurarte de que se respeten tus derechos.

¿Qué implica esta normativa para ti? 🌐

La movilidad funcional se refiere a la posibilidad que tiene tu empresa de asignarte tareas diferentes a las que originalmente aceptaste al ser contratado. Aquí hay algunos puntos clave:

  • Titulaciones necesarias: La movilidad debe estar acorde a tus cualificaciones académicas o profesionales.
  • Respeto a tu dignidad: No se debe menoscabar tu dignidad como trabajador.
  • Razones justificadas: Solo se puede realizar si hay razones técnicas u organizativas que lo justifiquen.
  • Temporalidad: Cualquier cambio debe ser por un tiempo limitado y no de manera permanente.

¿Qué debes hacer al respecto? 📝

Si te encuentras en una situación de movilidad funcional, aquí tienes algunas acciones que puedes considerar:

  • Conocer tus derechos: Infórmate sobre las condiciones que deben cumplirse para que la movilidad sea válida.
  • Reclamar si es necesario: Si te asignan funciones superiores por más de seis meses, puedes reclamar un ascenso.
  • Mantener la comunicación: Si no estás de acuerdo con el cambio, habla con tus representantes de trabajadores.

¿Cuándo debes hacerlo? ⏰

Es importante que estés atento a los plazos:

  • Plazo de reclamación: Si realizas funciones superiores por más de seis meses, debes reclamar tu ascenso o la diferencia salarial correspondiente dentro de un plazo razonable.

¿Qué ocurre si no lo haces? ⚠️

Si no actúas ante una situación de movilidad funcional que no cumple con las normativas, podrías enfrentar:

  • Pérdida de derechos: No reclamar a tiempo puede hacer que pierdas la oportunidad de obtener un ascenso o la diferencia salarial.
  • Acciones legales: Podrías tener que presentar una reclamación ante la jurisdicción social si la empresa no cumple con las condiciones.

¿Qué excepciones existen? 🔄

Hay algunas situaciones donde la normativa puede variar:

  • Negociación colectiva: A través de convenios colectivos, se pueden establecer diferentes períodos para reclamar ascensos o vacantes.
  • Modificaciones sustanciales: Cualquier cambio en tus condiciones de trabajo debe seguir lo establecido en los convenios colectivos.

Ejemplo de la vida real 🏠

Imagina que trabajas en una empresa y, debido a una reestructuración, te asignan tareas de un puesto superior. Si esta situación se prolonga más de seis meses, tienes derecho a reclamar un ascenso y que se te pague la diferencia salarial. Sin embargo, si la empresa no te informa adecuadamente de este cambio, puedes hablar con tus representantes de trabajadores para que te ayuden a gestionar la situación.

Información crucial 🔍

Importante: Si te asignan funciones que no corresponden a tu grupo profesional, asegúrate de que haya razones justificadas y que se respete tu dignidad.

Acciones concretas que debes considerar 🎯

  1. Infórmate sobre tus derechos y las condiciones de la movilidad funcional.
  2. Comunica cualquier desacuerdo a tus representantes de trabajadores.
  3. Reclama tu ascenso o la diferencia salarial si realizas funciones superiores por más de seis meses.
  4. Consulta a un abogado o experto en derecho laboral si sientes que tus derechos están siendo vulnerados.

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