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Disposición adicional vigesimosegunda. Estatuto de los trabajadores

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Disposición adicional vigesimosegunda. Estatuto de los trabajadores

Normativa

Disposición adicional vigesimosegunda. Permisos de nacimiento, adopción, del progenitor diferente de la madre biológica y lactancia del personal laboral al servicio de las Administraciones públicas.

Resultarán de aplicación al personal laboral de las Administraciones públicas los permisos de nacimiento, adopción, del progenitor diferente de la madre biológica y lactancia regulados en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, no siendo de aplicación a este personal, por tanto, las previsiones de la presente Ley sobre las suspensiones de los contratos de trabajo que, en su caso, corresponderían por los mismos supuestos de hecho.

Se añade por el art. 2.17 del Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo. Ref. BOE-A-2019-3244

Aclaración normativa

Lo que necesitas saber sobre los permisos de nacimiento y adopción en el ámbito público 📄

¿Qué implica esta normativa para ti? 🌐

  • Permisos aplicables: La normativa establece permisos relacionados con el nacimiento, adopción, y lactancia, específicamente para el personal laboral de las Administraciones públicas.
  • Duración y condiciones: Estos permisos tienen una duración de 16 semanas para el progenitor diferente de la madre biológica, con condiciones específicas sobre cómo deben disfrutarse.

¿Qué debes hacer al respecto? 📝

  • Informarte sobre tus derechos: Conocer los detalles de los permisos a los que tienes derecho es crucial.
  • Solicitar el permiso: Debes presentar la solicitud formalmente a tu superior o departamento de recursos humanos.

¿Cuándo debes hacerlo? ⏰

  • Antes del nacimiento o adopción: Es recomendable solicitar el permiso al menos con un mes de antelación al nacimiento o adopción.
  • Inmediatamente después del hecho: Las 6 semanas obligatorias deben disfrutarse inmediatamente después del nacimiento o adopción.

¿Qué ocurre si no lo haces? ⚠️

  • Pérdida de derechos: Si no solicitas el permiso, podrías perder el derecho a disfrutar de las semanas asignadas.
  • Sanciones a la empresa: En caso de que la empresa no respete tus derechos, podría enfrentarse a sanciones por parte de la Inspección de Trabajo.

¿Qué excepciones existen? 🔄

  • Fallecimiento del hijo o madre: Si ocurre el fallecimiento del hijo o la madre, el otro progenitor puede hacer uso del permiso restante.
  • Condiciones especiales: En casos de nacimiento múltiple o discapacidad del menor, el permiso se puede ampliar.

Tabla comparativa de permisos 📊

Tipo de Permiso Duración Total Semanas Obligatorias Condiciones Especiales
Nacimiento (progenitor diferente) 16 semanas 6 semanas Ampliación en caso de nacimiento múltiple
Adopción/Acogimiento 16 semanas 6 semanas Ampliación en caso de discapacidad
Lactancia 1 hora diaria N/A Puede dividirse en dos fracciones

Ejemplo de la vida real 🏠

Imagina que Juan y María están esperando un bebé. Juan, que trabaja en una Administración pública, debe solicitar su permiso de nacimiento. Al enterarse de que tienen gemelos, se da cuenta de que puede disfrutar de una semana adicional por cada hijo a partir del segundo. Así, Juan puede planificar mejor su tiempo con su familia.

Información crucial 🔍

Importante: Recuerda que debes solicitar el permiso al menos un mes antes del nacimiento o adopción, y que las 6 semanas obligatorias deben disfrutarse inmediatamente después.

Acciones concretas que debes considerar 🎯

  1. Infórmate sobre tus derechos laborales respecto a permisos de nacimiento y adopción.
  2. Solicita tu permiso formalmente a tu departamento de recursos humanos.
  3. Planifica tu tiempo para disfrutar de las semanas de permiso adecuadamente.

Recuerda que el conocimiento es poder, y estar bien informado sobre tus derechos te ayudará a disfrutar de este momento tan especial en tu vida. Si quieres profundizar más en estos temas, ¡regístrate en Aprende RED para obtener más información!