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Disposición transitoria séptima. Estatuto de los trabajadores

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Disposición transitoria séptima. Estatuto de los trabajadores

Normativa

Disposición transitoria séptima. Duración del permiso de paternidad en los casos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento hasta la entrada en vigor de la Ley 9/2009, de 6 de octubre.

En tanto no entre en vigor la Ley 9/2009, de 6 de octubre, de ampliación de la duración del permiso de paternidad en los casos de nacimiento, adopción o acogida, la duración del permiso de paternidad a que se refiere el primer párrafo del artículo 48.7 será de trece días ininterrumpidos ampliables en los supuestos de parto, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiples en dos días más por cada hijo a partir del segundo.

De conformidad con la disposición adicional sexta de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2009, dicho permiso tendrá una duración de veinte días cuando el nuevo nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento se produzca en una familia numerosa, cuando la familia adquiera dicha condición con el nuevo nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento o cuando en la familia haya una persona con discapacidad. La duración indicada se ampliará en los supuestos de parto, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiples en dos días más por cada hijo o menor a partir del segundo, o si uno de ellos es una persona con discapacidad.

(*) Téngase en cuenta que la Ley 9/2009, de 6 de octubre, entró en vigor el 1 de enero de 2017. Ref. BOE-A-2009-15958

Aclaración normativa

Lo que necesitas saber sobre la duración del permiso de paternidad 📄

La Disposición transitoria séptima del Estatuto de los Trabajadores establece las normas sobre la duración del permiso de paternidad en ciertos casos, hasta que entrara en vigor la Ley 9/2009, de 6 de octubre. Vamos a desglosar esto para que lo entiendas de manera sencilla.

¿Qué implica esta normativa para ti? 🌐

  • Duración general del permiso: El permiso de paternidad era de 13 días ininterrumpidos para los casos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento.
  • Ampliaciones posibles: Si había un parto, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiples, el permiso se ampliaba en 2 días más por cada hijo a partir del segundo.

¿Qué debes hacer al respecto? 📝

  • Informarte sobre tus derechos: Si eres padre y tu pareja está por dar a luz o adoptar, asegúrate de conocer la duración de tu permiso y las posibles ampliaciones.
  • Hablar con tu empleador: Comunica a tu jefe tu intención de tomar el permiso de paternidad, para que se pueda planificar tu ausencia.

¿Cuándo debes hacerlo? ⏰

  • Antes del nacimiento o adopción: Es recomendable que notifiques a tu empleador sobre tu permiso lo antes posible, idealmente, con antelación a la fecha estimada de nacimiento o adopción.

¿Qué ocurre si no lo haces? ⚠️

  • Consecuencias para el trabajador: Si no solicitas el permiso, podrías perder el derecho a disfrutar de estos días. Además, el empleador podría no estar preparado para tu ausencia, lo que puede complicar la situación laboral.
  • Incumplimiento por parte del empleador: Si tu empleador no respeta tu derecho al permiso, puedes reclamar ante la autoridad laboral correspondiente, lo que podría resultar en indemnizaciones o restituciones de derechos.

¿Qué excepciones existen? 🔄

  • Familias numerosas o con discapacidad: Si el nuevo nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento se produce en una familia numerosa, el permiso se extiende a 20 días. También se aplica esta extensión si hay una persona con discapacidad en la familia.
  • Ampliaciones adicionales: En estos casos, se suman 2 días más por cada hijo o menor a partir del segundo, o si uno de ellos es una persona con discapacidad.

Ejemplo de la vida real 🏠

Imagina que Juan y María están esperando gemelos. Según la normativa, Juan tiene derecho a 13 días de permiso de paternidad, pero como son gemelos, le corresponden 2 días adicionales por cada uno de ellos a partir del segundo, por lo que en total tendría 17 días de permiso. Si además, fueran una familia numerosa, tendría 20 días.

Información crucial 🔍

Importante: La Ley 9/2009, de 6 de octubre, que amplió la duración del permiso de paternidad, entró en vigor el 1 de enero de 2017. A partir de esta fecha, las disposiciones transitorias mencionadas dejaron de aplicarse.

Acciones concretas que debes considerar 🎯

  1. Infórmate sobre tus derechos: Revisa la normativa vigente y asegúrate de entender tus derechos laborales.
  2. Comunica con antelación: Habla con tu empleador sobre tu permiso de paternidad antes de que ocurra el nacimiento o adopción.
  3. Prepárate para tu ausencia: Organiza tu trabajo para que tu ausencia no cause problemas en tu equipo.

Si deseas obtener más información sobre el permiso de paternidad y cómo afecta a tu situación laboral, te invitamos a registrarte en Aprende RED. Aquí podrás acceder a recursos y guías útiles que te ayudarán a comprender mejor tus derechos y obligaciones.