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Artículo 22. Estatuto del trabajo autónomo

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Artículo 22. Estatuto del trabajo autónomo

Normativa

Artículo 22. Consejo del Trabajo Autónomo.

1. El Consejo del Trabajo Autónomo se constituye, al amparo de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, como órgano consultivo del Gobierno en materia socioeconómica y profesional del trabajo autónomo.

2. Son funciones del Consejo:

a) Emitir su parecer con carácter facultativo sobre:

1.º Los anteproyectos de leyes o proyectos de Reales Decretos que incidan sobre el trabajo autónomo. En el supuesto de que se produjeran modificaciones que pudieran afectar al Estatuto de Trabajo Autónomo, el informe tendrá carácter preceptivo.

2.º El diseño de las políticas públicas de carácter estatal en materia de trabajo autónomo.

3.º Cualesquiera otros asuntos que se sometan a consulta del mismo por el Gobierno de la Nación o sus miembros.

b) Elaborar, a solicitud del Gobierno de la Nación o de sus miembros, o por propia iniciativa, estudios o informes relacionados con el ámbito de sus competencias.

c) Elaborar su reglamento de funcionamiento interno.

d) Cualesquiera otras competencias que le sean atribuidas legal o reglamentariamente.

3. El Consejo del Trabajo Autónomo estará compuesto por representantes de las asociaciones profesionales de trabajadores autónomos representativas cuyo ámbito de actuación sea intersectorial y estatal, por las organizaciones sindicales y empresariales más representativas y por representantes de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas y de la asociación de Entidades Locales más representativa en el ámbito estatal.

También estarán representados los Consejos del Trabajo Autónomo de ámbito autonómico.

4. La Presidencia del Consejo corresponderá al Ministerio de Empleo y Seguridad Social, en la forma reglamentariamente prevista.

5. Los créditos necesarios para su funcionamiento se consignarán en los presupuestos del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

6. Reglamentariamente se desarrollará la composición y régimen de funcionamiento del Consejo.

7. Las Comunidades Autónomas podrán constituir, en su ámbito territorial, Consejos Consultivos en materia socioeconómica y profesional del trabajo autónomo. Así mismo podrán regular la composición y el funcionamiento de los mismos.

A los efectos de estar representados en el Consejo del Trabajo Autónomo Estatal, cada Consejo del Trabajo Autónomo de ámbito autonómico deberá solicitar su participación en el mismo y designará un representante, que en cualquier caso corresponderá a la asociación de autónomos con mayor representación en ese ámbito.

Se modifican los apartados 3 y 7 por el art. 10 de la Ley 6/2017, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-2017-12207

Se modifican los apartados 3, 4 y 5 por el art. 1.6 de la Ley 31/2015, de 9 de septiembre. Ref. BOE-A-2015-9735.

Aclaración normativa

Lo que necesitas saber sobre el Consejo del Trabajo Autónomo 📄

El Consejo del Trabajo Autónomo es un órgano fundamental para todos aquellos que trabajan por cuenta propia en España. Su creación y funciones están reguladas por la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo. Vamos a desglosar lo que esto implica para ti y cómo puedes interactuar con este consejo.

¿Qué implica esta normativa para ti? 🌐

  • Representación Institucional: El Consejo actúa como un representante de los intereses de los trabajadores autónomos ante el Gobierno. Esto significa que tus preocupaciones y necesidades pueden ser escuchadas y tenidas en cuenta en la formulación de políticas.
  • Consulta en Políticas Públicas: Cualquier cambio en las leyes que afecten a los autónomos puede ser consultado con el Consejo, lo que te da una voz en el proceso legislativo.

¿Qué debes hacer al respecto? 📝

  • Mantente informado: Es importante que estés al tanto de las decisiones y recomendaciones del Consejo, ya que pueden afectar tu actividad profesional.
  • Participa en Asociaciones: Unirte a asociaciones de autónomos puede darte más peso en la representación que tiene el Consejo, ya que está compuesto por representantes de estas organizaciones.

¿Cuándo debes hacerlo? ⏰

  • Constante seguimiento: No hay una fecha límite específica, pero debes estar atento a las convocatorias y publicaciones del Consejo, que pueden surgir en cualquier momento.

¿Qué ocurre si no lo haces? ⚠️

  • Desinformación: Si no te mantienes informado, podrías perder oportunidades de influir en decisiones que afectan tu trabajo.
  • Falta de representación: Sin participación activa en asociaciones, es posible que tu voz no sea escuchada en el Consejo.

¿Qué excepciones existen? 🔄

  • Consejos Autonómicos: Si resides en una comunidad autónoma, podrías tener la opción de participar en un Consejo Consultivo local que también influya en el ámbito estatal.
  • Modificaciones específicas: Si el Consejo emite informes que afectan directamente al Estatuto de Trabajo Autónomo, estos informes son preceptivos y deben ser considerados por el Gobierno.

Ejemplo de la vida real 🏠

Imagina que eres un autónomo que trabaja en el sector de la construcción. Si el Gobierno planea introducir una nueva ley que afecte a tu sector, el Consejo del Trabajo Autónomo puede emitir un informe sobre esta ley. Si no estás al tanto de esto, podrías quedarte sin saber cómo te afectará y sin poder hacer nada al respecto. Sin embargo, si formas parte de una asociación de autónomos, puedes tener la oportunidad de ser parte de la discusión y hacer que tu voz se escuche.

Información crucial 🔍

Importante: Mantente al tanto de las decisiones del Consejo y participa en asociaciones de autónomos para asegurar que tus intereses sean defendidos.

Acciones concretas que debes considerar 🎯

  1. Infórmate sobre las actividades y recomendaciones del Consejo del Trabajo Autónomo.
  2. Únete a una asociación de autónomos para tener una voz más fuerte en el Consejo.
  3. Participa activamente en la comunidad de autónomos de tu localidad para influir en las decisiones que te afectan.

Recuerda que el Consejo del Trabajo Autónomo es tu aliado en la defensa de tus derechos y necesidades como trabajador autónomo. Para más información y recursos, te invitamos a registrarte en Aprende RED, donde podrás ampliar tus conocimientos y estar al tanto de las novedades que impactan a los autónomos.