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Disposición adicional duodécima. Estatuto del trabajo autónomo

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Disposición adicional duodécima. Estatuto del trabajo autónomo

Normativa

Disposición adicional duodécima. Participación de trabajadores autónomos en programas de formación e información de prevención de riesgos laborales.

Con la finalidad de reducir la siniestralidad y evitar la aparición de enfermedades profesionales en los respectivos sectores, las asociaciones representativas de los trabajadores autónomos intersectoriales y las organizaciones sindicales y empresariales más representativas podrán realizar programas permanentes de información y formación correspondientes a dicho colectivo, promovidos por las Administraciones Públicas competentes en materia de prevención de riesgos laborales y de reparación de las consecuencias de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales.

Respetando los criterios de proporcionalidad y asegurando la presencia de los distintos grupos de representación de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, las asociaciones intersectoriales de trabajadores autónomos, tanto de nivel estatal como autonómico, podrán participar, con voz y sin voto, en los grupos correspondientes creados en el seno de dicha Comisión cuando se aborden las condiciones de trabajo de los trabajadores autónomos, en los supuestos de planificación, programación, organización y control de la gestión relacionada con la mejora de las condiciones de trabajo y la protección de la seguridad y salud de los trabajadores autónomos.

Se modifica por la disposición final 8 de la Ley 6/2017, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-2017-12207

Se modifica por la disposición final 5.2 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre. Ref. BOE-A-2015-9734. y con entrada en vigor el 10 de octubre de 2015, se añade el párrafo segundo por el art. 1.11 de la Ley 31/2015, de 9 de septiembre. Ref. BOE-A-2015-9735.

Se modifica por la disposición final 3.2 del Real Decreto-ley 4/2015, de 22 de marzo. Ref. BOE-A-2015-3031.

Aclaración normativa

Lo que necesitas saber sobre la participación de trabajadores autónomos en programas de formación e información de prevención de riesgos laborales 📄

La Disposición adicional duodécima de la Ley 20/2007, de 11 de julio, se centra en cómo los trabajadores autónomos pueden participar en programas de formación e información sobre la prevención de riesgos laborales. Vamos a desglosar todo lo que necesitas saber sobre esto.

¿Qué implica esta normativa para ti? 🌐

  • Reducción de siniestralidad: El objetivo principal es disminuir el número de accidentes y enfermedades profesionales entre los trabajadores autónomos.
  • Formación específica: Las administraciones públicas promoverán programas de formación adaptados a las características de los autónomos, ayudándoles a identificar y gestionar riesgos en su trabajo.

¿Qué debes hacer al respecto? 📝

  • Participar en programas de formación: Debes inscribirte en los programas que se ofrezcan para aprender sobre prevención de riesgos laborales.
  • Cooperar con otros: Si trabajas en un espacio compartido, es fundamental que colabores con otros trabajadores y empresas en la identificación y control de riesgos.

¿Cuándo debes hacerlo? ⏰

  • Inscripción continua: Los programas de formación estarán disponibles de manera continua, así que no dudes en inscribirte tan pronto como se ofrezcan.
  • Cumplimiento regular: Mantente al día con las actualizaciones y requisitos relacionados con la seguridad laboral.

¿Qué ocurre si no lo haces? ⚠️

  • Sanciones administrativas: No participar en la formación puede resultar en multas o sanciones.
  • Aumento de riesgos: Sin la formación necesaria, podrías estar más expuesto a accidentes y enfermedades laborales.

¿Qué excepciones existen? 🔄

  • Excepciones por tipo de actividad: Algunas actividades pueden tener requisitos de formación específicos o diferentes, según la naturaleza del trabajo.
  • Situaciones particulares: Si ya has recibido formación reciente o tienes experiencia comprobada, podrías estar exento de algunos programas.

Ejemplo de la vida real 🏠

Imagina que eres un autónomo que realiza trabajos de construcción. Al inscribirte en un programa de formación sobre seguridad en la construcción, aprenderás a usar adecuadamente los equipos de protección personal y cómo identificar riesgos en el lugar de trabajo. Esto no solo te protege a ti, sino que también contribuye a un entorno de trabajo más seguro para todos.

Información crucial 🔍

Importante: Es fundamental que te mantengas informado sobre los programas de formación disponibles y las obligaciones que tienes en materia de prevención de riesgos laborales.

Acciones concretas que debes considerar 🎯

  1. Infórmate sobre los programas de formación disponibles: Consulta con las administraciones públicas o asociaciones de autónomos.
  2. Inscríbete en los cursos que sean relevantes para tu actividad: No dejes pasar la oportunidad de mejorar tu conocimiento sobre seguridad laboral.
  3. Colabora con otros trabajadores en tu espacio de trabajo: Mantén una comunicación abierta sobre los riesgos y las medidas preventivas.

Recuerda, la seguridad en el trabajo es responsabilidad de todos. Si deseas profundizar más sobre este tema y obtener recursos útiles, ¡regístrate en Aprende RED y mantente al día!