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Disposición adicional décima. Ley de Prevención de Riesgos Laborales

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Disposición adicional décima. Ley de Prevención de Riesgos Laborales

Normativa

Disposición adicional décima. Sociedades cooperativas.

El procedimiento para la designación de los Delegados de Prevención regulados en el artículo 35 de esta Ley en las sociedades cooperativas que no cuenten con asalariados deberá estar previsto en sus Estatutos o ser objeto de acuerdo en Asamblea General.

Cuando, además de los socios que prestan su trabajo personal, existan asalariados se computarán ambos colectivos a efectos de lo dispuesto en el número 2 del artículo 35. En este caso, la designación de los Delegados de Prevención se realizará conjuntamente por los socios que prestan trabajo y los trabajadores asalariados o, en su caso, los representantes de éstos.

Aclaración normativa

Lo que necesitas saber sobre la Disposición adicional décima en sociedades cooperativas 📄

La Disposición adicional décima de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales (PRL) establece normas específicas para las sociedades cooperativas. Es importante que tanto los socios como los trabajadores comprendan cómo les afecta esta normativa y qué obligaciones tienen al respecto. Vamos a desglosar toda esta información de manera clara y accesible.

¿Qué implica esta normativa para ti? 🌐

  • Ámbito de Aplicación: La normativa se aplica a todas las sociedades cooperativas, ya sea que tengan trabajadores asalariados o solo socios que trabajen en la cooperativa.
  • Designación de Delegados de Prevención: Dependiendo de la estructura de la cooperativa, la forma de designar a los Delegados de Prevención puede variar.

¿Qué debes hacer al respecto? 📝

  • Revisar Estatutos: Si tu cooperativa no tiene asalariados, asegúrate de que el procedimiento para designar a los Delegados de Prevención esté claramente establecido en los Estatutos o que se acuerde en la Asamblea General.
  • Participación Conjunta: Si hay tanto socios como trabajadores, se debe asegurar que ambos grupos participen en la designación de los Delegados de Prevención.

¿Cuándo debes hacerlo? ⏰

  • En la próxima Asamblea General: Si no se ha establecido un procedimiento, es fundamental que se discuta y se acuerde en la próxima reunión de la Asamblea General de la cooperativa.

¿Qué ocurre si no lo haces? ⚠️

  • Sanciones Administrativas: No cumplir con las disposiciones de la Ley de PRL puede llevar a sanciones administrativas que pueden afectar a la cooperativa.
  • Responsabilidad Penal: En casos graves, la falta de cumplimiento puede acarrear responsabilidades penales para los directivos de la cooperativa.

¿Qué excepciones existen? 🔄

  • Cooperativas sin asalariados: Si la cooperativa solo tiene socios que trabajan, el procedimiento de designación puede ser más flexible, pero siempre debe estar documentado.
  • Representantes de Trabajadores: En cooperativas con asalariados, puede que se requiera la participación de representantes de estos trabajadores en la designación de Delegados de Prevención.

Ejemplo de la vida real 🏠

Imagina que eres parte de una cooperativa agrícola donde todos los miembros son socios y trabajan en la producción. Si no existe un procedimiento claro para elegir a los Delegados de Prevención, podrías tener problemas en caso de que ocurra un accidente laboral. Por ello, es fundamental que en la próxima Asamblea General se establezca este procedimiento y se elija a un Delegado que se encargue de la seguridad laboral.

Información crucial 🔍

Importante: La designación de Delegados de Prevención debe estar en los Estatutos o ser acordada en la Asamblea General. Esto es fundamental para evitar sanciones y garantizar la seguridad de todos los miembros de la cooperativa.

Acciones concretas que debes considerar 🎯

  1. Revisar los Estatutos de la cooperativa para asegurar que se contemple la designación de Delegados de Prevención.
  2. Convocar una Asamblea General para discutir y acordar el procedimiento de designación si aún no existe.
  3. Involucrar a todos los socios y trabajadores en el proceso de designación para asegurar una representación equitativa.

Recuerda que la seguridad en el trabajo es responsabilidad de todos, y cumplir con la normativa no solo es un deber legal, sino también una forma de cuidar de la salud y el bienestar de cada miembro de la cooperativa. Si deseas profundizar más en este tema y recibir más información, ¡te invitamos a registrarte en Aprende RED!