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Artículo 104. Ley General Seguridad Social

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Artículo 104. Ley General Seguridad Social

Normativa

Artículo 104. Titularidad, adscripción, administración y custodia.

1. La titularidad del patrimonio único de la Seguridad Social corresponde a la Tesorería General de la Seguridad Social. Dicha titularidad, así como la adscripción, administración y custodia del referido patrimonio, se regirá por lo establecido en esta ley y demás disposiciones reglamentarias.

2. Los bienes inmuebles del patrimonio de la Seguridad Social podrán ser adscritos, por el titular del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, a órganos de la Administración General del Estado o sus Organismos públicos, o a otras administraciones públicas o a entidades de derecho público con personalidad jurídica propia o vinculadas o dependientes de las mismas. La adscripción no alterará la titularidad del bien.

Cuando la adscripción se realice a favor de un órgano de la Administración General del Estado o de un Organismo Público dependiente de ella, para que surta efecto deberá aceptarse en la forma prevista en la legislación patrimonial.

3. Corresponde a las administraciones o entidades a las que figuren adscritos los bienes inmuebles las siguientes funciones, salvo que en el acuerdo de adscripción o traspaso se haya previsto otra cosa:

a) Realizar las reparaciones necesarias en orden a su conservación.

b) Efectuar las obras de mejora que estimen convenientes.

c) Ejercitar las acciones posesorias que, en defensa de dichos bienes, procedan en derecho.

d) Asumir, por subrogación, el pago de las obligaciones tributarias que afecten a dichos bienes.

4. Los bienes inmuebles adscritos a otras administraciones o entidades de derecho público, salvo que otra cosa se establezca en el acuerdo de adscripción o traspaso, revertirán a la Tesorería General de la Seguridad Social en el caso de no uso o cambio de destino, conforme a lo dispuesto en la Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas, siendo a cargo de la administración o entidad a la que fueron adscritos los gastos derivados de su conservación y mantenimiento, así como la subrogación en el pago de las obligaciones tributarias que afecten a los mismos, hasta la finalización del ejercicio económico en el que se produzca dicha reversión. No obstante, no procederá la reversión cuando el titular del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones autorice el cambio de uso o destino de los bienes adscritos o transferidos.

5. Los certificados que se libren con relación a los inventarios y documentos oficiales que se conserven en la Administración de la Seguridad Social serán suficientes para su titulación e inscripción en los registros oficiales correspondientes.

Se modifica por la disposición final 25.4 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2022-22128

Aclaración normativa

Lo que necesitas saber sobre la titularidad y administración del patrimonio de la Seguridad Social 📄

¿Qué implica esta normativa para ti? 🌐

  • Titularidad del patrimonio: La Tesorería General de la Seguridad Social es la que tiene la propiedad de todos los bienes que forman parte del patrimonio único de la Seguridad Social. Esto significa que cualquier decisión relacionada con estos bienes se toma desde esta institución.
  • Adscripción de bienes inmuebles: Los bienes inmuebles, como edificios y terrenos, pueden ser asignados a diferentes administraciones o entidades, pero la propiedad sigue siendo de la Seguridad Social. Esto puede afectar a cómo se gestionan y utilizan esos bienes.

¿Qué debes hacer al respecto? 📝

  • Conocer tus derechos y obligaciones: Si trabajas en una administración que gestiona bienes adscritos, es fundamental que entiendas tus responsabilidades en cuanto a su mantenimiento y administración.
  • Realizar las reparaciones necesarias: Si se te asigna la gestión de un bien, asegúrate de que se realicen las reparaciones y mejoras necesarias para mantenerlo en buen estado.

¿Cuándo debes hacerlo? ⏰

  • Continuamente: La obligación de mantener y conservar los bienes es constante. No hay una fecha límite específica, pero es importante actuar de inmediato si se detectan problemas.

¿Qué ocurre si no lo haces? ⚠️

  • Responsabilidad: Si no se llevan a cabo las reparaciones o el mantenimiento adecuado, la administración o entidad que gestiona el bien podría ser considerada responsable de cualquier daño o deterioro.
  • Gastos adicionales: En caso de que se requieran reparaciones urgentes o mayores, esto podría generar gastos adicionales que la administración deberá asumir.

¿Qué excepciones existen? 🔄

  • Cambio de uso o destino: Si el titular del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones autoriza un cambio en el uso o destino de un bien, esto podría afectar las obligaciones de mantenimiento y conservación.
  • Acuerdos de adscripción: En algunos casos, el acuerdo de adscripción puede incluir condiciones específicas que alteren las responsabilidades habituales.

Ejemplo de la vida real 🏠

Imagina que trabajas en una administración pública que gestiona un edificio que fue adscrito a tu entidad. Tu responsabilidad incluye asegurarte de que el edificio esté en buenas condiciones, realizar reparaciones cuando sea necesario y gestionar cualquier obligación tributaria relacionada. Si el edificio no se usa durante un tiempo, podría revertir a la Tesorería General de la Seguridad Social, lo que implicaría que debes seguir cumpliendo con los gastos de mantenimiento hasta que se complete la reversión.

Información crucial 🔍

Importante: Los certificados relacionados con los inventarios y documentos oficiales que se conserven en la Administración de la Seguridad Social son suficientes para la titulación e inscripción en los registros oficiales.

Acciones concretas que debes considerar 🎯

  1. Infórmate sobre los bienes adscritos a tu administración: Conoce qué bienes están bajo tu responsabilidad y su estado actual.
  2. Realiza un plan de mantenimiento: Establece un cronograma para las reparaciones y mejoras necesarias.
  3. Mantente al día con la normativa: Asegúrate de estar al tanto de cualquier cambio en la normativa que pueda afectar tus responsabilidades.

Recuerda, si deseas ampliar más información sobre esta normativa y cómo puede afectarte, ¡regístrate en Aprende RED para estar al tanto de todas las actualizaciones y recursos disponibles!