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Artículo 108. Ley General Seguridad Social

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Artículo 108. Ley General Seguridad Social

Normativa

Artículo 108. Inembargabilidad.

Los bienes y derechos que integran el patrimonio de la Seguridad Social son inembargables. Ningún tribunal ni autoridad administrativa podrá dictar providencia de embargo ni despachar mandamiento de ejecución contra los bienes y derechos del patrimonio de la Seguridad Social, ni contra sus rentas, frutos o productos del mismo, siendo de aplicación, en su caso, lo dispuesto sobre esta materia en los artículos 23, 24 y 25 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

Aclaración normativa

Lo que necesitas saber sobre la inembargabilidad de bienes y derechos de la Seguridad Social 📄

¿Qué implica esta normativa para ti? 🌐

  • Protección de activos: La normativa establece que los bienes y derechos que forman parte del patrimonio de la Seguridad Social son inembargables. Esto significa que no pueden ser objeto de embargo por parte de tribunales o autoridades administrativas.
  • Estabilidad financiera: Esta protección garantiza que los recursos destinados a la seguridad social no se verán afectados por procesos judiciales, lo que ayuda a mantener la estabilidad del sistema.

¿Qué debes hacer al respecto? 📝

  • Conocer tus derechos: Es importante que estés informado sobre tus derechos como usuario del sistema de Seguridad Social para que puedas defender tu patrimonio.
  • Informar sobre intentos de embargo: Si alguna vez te enfrentas a un intento de embargo sobre estos bienes, debes saber que puedes impugnarlo, ya que la ley lo considera nulo.

¿Cuándo debes hacerlo? ⏰

  • En cualquier momento: La inembargabilidad es una norma permanente, por lo que siempre debes estar consciente de que tus bienes y derechos están protegidos bajo esta normativa.

¿Qué ocurre si no lo haces? ⚠️

  • Intentos de embargo: Si alguien intenta embargar tus bienes, aunque no tomes acción, la ley establece que dicho intento será considerado nulo y sin efecto. Las autoridades tomarán medidas para prevenir estos actos.
  • Consecuencias legales: Si se intentara llevar a cabo un embargo, podrías necesitar asesoría legal para asegurarte de que tus derechos sean defendidos, aunque la ley ya te protege.

¿Qué excepciones existen? 🔄

  • Normas adicionales: Aunque la inembargabilidad es amplia, pueden existir disposiciones específicas en otras leyes, como los artículos 23, 24 y 25 de la Ley 47/2003, que regulan ciertos aspectos de la gestión de estos bienes.

Ejemplo de la vida real 🏠

Imagina que trabajas y contribuyes al sistema de Seguridad Social. Si por alguna razón, un acreedor intenta embargar tu salario o pensión, la ley protege esos ingresos, asegurando que sigas recibiendo el apoyo económico necesario para vivir.

Información crucial 🔍

Importante: La inembargabilidad de los bienes y derechos de la Seguridad Social se encuentra garantizada por el Artículo 108 de la Ley General de la Seguridad Social en España. Esto significa que cualquier intento de embargo será considerado nulo.

Acciones concretas que debes considerar 🎯

  1. Infórmate sobre tus derechos y la inembargabilidad de los bienes de la Seguridad Social.
  2. Mantente alerta ante posibles intentos de embargo y actúa de inmediato si ocurre.
  3. Consulta con un abogado si tienes dudas sobre la protección de tus derechos o si enfrentas un intento de embargo.

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