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Artículo 141. Ley General Seguridad Social

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Artículo 141. Ley General Seguridad Social

Normativa

Artículo 141. Sujetos obligados.

1. Estarán sujetos a la obligación de cotizar al Régimen General de la Seguridad Social los trabajadores y asimilados comprendidos en su campo de aplicación y los empresarios por cuya cuenta trabajen.

2. La cotización comprenderá dos aportaciones:

a) De los empresarios, y

b) de los trabajadores.

3. No obstante lo dispuesto en los apartados anteriores, por las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales la cotización completa correrá a cargo exclusivamente de los empresarios.

Aclaración normativa

Lo que necesitas saber sobre el Artículo 141 de la Ley General de la Seguridad Social 📄

Este artículo establece quiénes están obligados a cotizar al Régimen General de la Seguridad Social en España. Vamos a desglosarlo para que sea fácil de entender y aplicable a tu situación.

¿Qué implica esta normativa para ti? 🌐

  • Trabajadores y empresarios: Si eres trabajador o empresario, estás obligado a cotizar. Esto significa que debes contribuir al sistema de seguridad social, que te protege en caso de enfermedad, accidente o jubilación.
  • Aportaciones: Las cotizaciones se dividen en dos partes: la que paga el empresario y la que paga el trabajador.

¿Qué debes hacer al respecto? 📝

  • Cotizar: Como trabajador, asegúrate de que tu empresario esté realizando las aportaciones correspondientes. Si eres empresario, debes cumplir con tus obligaciones de cotización.
  • Informarte: Es importante que conozcas cómo funcionan las cotizaciones y qué derechos tienes.

¿Cuándo debes hacerlo? ⏰

  • Desde el inicio de la actividad: La obligación de cotizar comienza desde el momento en que inicias tu actividad laboral.

¿Qué ocurre si no lo haces? ⚠️

  • Sanciones: No cumplir con la obligación de cotizar puede llevar a sanciones económicas y responsabilidades adicionales.
  • Responsabilidades solidarias: Si no se paga, pueden existir responsabilidades solidarias, lo que significa que otros pueden verse obligados a pagar en tu lugar.

¿Qué excepciones existen? 🔄

  • Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales: En estos casos, la cotización completa es responsabilidad del empresario.

Ejemplo de la vida real 🏠

Imagina que trabajas en una empresa. Tu empresario debe hacer las aportaciones a la seguridad social por ti. Si eres autónomo, tú mismo debes asegurarte de que las cotizaciones se realicen correctamente. Si un día sufres un accidente laboral, es el empresario quien debe hacerse cargo de la cotización.

Información crucial 🔍

Importante: La obligación de cotizar inicia desde el momento de iniciación de la actividad laboral. No olvides que los pactos que impliquen la renuncia a estos derechos son nulos.

Acciones concretas que debes considerar 🎯

  1. Verifica: Asegúrate de que tu empresario está realizando las cotizaciones correspondientes.
  2. Infórmate: Consulta sobre tus derechos y obligaciones en materia de seguridad social.
  3. Cumple con tus responsabilidades: Si eres empresario, no olvides que la cotización por accidentes de trabajo corre a tu cargo.

Si quieres profundizar más sobre este tema y cómo te afecta, te invitamos a registrarte en Aprende RED para obtener más información y recursos útiles.