Logo

Artículo 187. Ley General Seguridad Social

 4 vistas 
Artículo 187. Ley General Seguridad Social

Normativa

Artículo 187. Prestación económica.

1. La prestación económica por riesgo durante el embarazo se reconocerá a la mujer trabajadora en los términos y condiciones previstos en esta ley para la prestación económica de incapacidad temporal derivada de contingencias profesionales, con las particularidades establecidas en los apartados siguientes.

2. La prestación económica nacerá el día en que se inicie la suspensión del contrato de trabajo y finalizará el día anterior a aquel en que se inicie la suspensión del contrato de trabajo por maternidad o al de reincorporación de la mujer trabajadora a su puesto de trabajo anterior o a otro compatible con su estado.

3. La prestación económica consistirá en un subsidio equivalente al 100 por cien de la base reguladora correspondiente. A tales efectos, la base reguladora será equivalente a la que esté establecida para la prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias profesionales.

4. La gestión y el pago de la prestación económica por riesgo durante el embarazo corresponderá a la entidad gestora o a la mutua colaboradora con la Seguridad Social en función de la entidad con la que la empresa tenga concertada la cobertura de los riesgos profesionales.

Aclaración normativa

Lo que necesitas saber sobre la prestación económica por riesgo durante el embarazo 📄

La normativa relacionada con la prestación económica por riesgo durante el embarazo es crucial para todas las mujeres trabajadoras en España. Si estás en esta situación o conoces a alguien que lo esté, aquí te explicamos todo lo que necesitas saber de manera clara y sencilla.

¿Qué implica esta normativa para ti? 🌐

La prestación económica por riesgo durante el embarazo implica lo siguiente:

  • Reconocimiento de derechos: Si estás embarazada y tu trabajo presenta riesgos para tu salud o la del feto, tienes derecho a solicitar esta prestación.
  • Suspensión del contrato: La prestación se activa cuando tu contrato de trabajo se suspende debido a estos riesgos.

¿Qué debes hacer al respecto? 📝

Si te encuentras en esta situación, aquí hay pasos que debes seguir:

  • Solicitar la prestación: Debes presentar la solicitud a la entidad gestora de la Seguridad Social o a la mutua colaboradora correspondiente.
  • Presentar documentación: Generalmente, necesitarás un informe médico que justifique la suspensión del contrato de trabajo por riesgos para la salud.

¿Cuándo debes hacerlo? ⏰

  • Inicio de la solicitud: La solicitud debe hacerse en el momento en que se suspende el contrato de trabajo debido a riesgos durante el embarazo.
  • Finalización de la prestación: La prestación finaliza el día anterior al inicio de la suspensión del contrato por maternidad o el día de reincorporación a un puesto compatible.

¿Qué ocurre si no lo haces? ⚠️

Si no solicitas esta prestación:

  • Pérdida de ingresos: Podrías perder la compensación económica a la que tienes derecho, lo que puede afectar tu situación financiera.
  • Riesgos para la salud: Continuar trabajando en condiciones de riesgo puede tener consecuencias graves para tu salud y la del feto.

¿Qué excepciones existen? 🔄

Aunque no se mencionan excepciones específicas en el artículo, generalmente la prestación se aplica siempre que se cumplan las condiciones establecidas:

  • Suspensión del contrato: Debe haber una suspensión del contrato de trabajo debido a riesgos para la salud.

Ejemplo de la vida real 🏠

Imagina que Ana, una mujer embarazada que trabaja en una fábrica, recibe un informe médico que indica que su trabajo puede afectar su salud y la del bebé. Ana decide suspender su contrato de trabajo y solicita la prestación económica. Al hacerlo, recibe un subsidio equivalente al 100% de su base reguladora, lo que le permite cubrir sus gastos mientras está en casa cuidando de su salud y la del feto.

Información crucial 🔍

Importante: La prestación económica por riesgo durante el embarazo se reconoce desde el día en que se suspende el contrato de trabajo y finaliza el día anterior al inicio de la suspensión por maternidad o al de reincorporación a un puesto compatible.

Acciones concretas que debes considerar 🎯

  1. Solicita la prestación lo antes posible tras la suspensión del contrato de trabajo.
  2. Reúne la documentación necesaria, incluyendo un informe médico y notificación de la empresa.
  3. Infórmate sobre la entidad gestora o mutua colaboradora con la que tu empresa tiene concertada la cobertura de riesgos profesionales.

Si quieres profundizar más en este tema y asegurarte de que estás cumpliendo con todos tus derechos y obligaciones, te invitamos a registrarte en Aprende RED. Allí encontrarás más información y recursos útiles para ti.