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Artículo 190. Ley General Seguridad Social

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Artículo 190. Ley General Seguridad Social

Normativa

Artículo 190. Situación protegida.

1. A efectos de la prestación económica por cuidado de hijos o personas sujetas a guarda con fines de adopción o acogida con carácter permanente, menores de 18 años, afectados por cáncer u otra enfermedad grave, se considera situación protegida la reducción de la jornada de trabajo de, al menos, un 50 por ciento que, de acuerdo con lo previsto en el párrafo tercero del artículo 37.6 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, lleven a cabo los progenitores, guardadores con fines de adopción o acogedores de carácter permanente, cuando ambos trabajen, o cuando solo haya un progenitor por tratarse de familias monoparentales, para el cuidado directo, continuo y permanente del menor a su cargo afectado por cáncer (tumores malignos, melanomas y carcinomas) o por cualquier otra enfermedad grave que requiera ingreso hospitalario de larga duración, durante el tiempo de hospitalización y tratamiento continuado de la enfermedad.

2. La acreditación del padecimiento del cáncer u otra enfermedad grave, así como de la necesidad de hospitalización y tratamiento, y de cuidado durante el mismo, en los términos indicados en el apartado anterior, se realizará mediante informe del servicio público de salud u órgano administrativo sanitario de la comunidad autónoma correspondiente.

3. Se mantendrá la prestación económica hasta los 23 años cuando, alcanzada la mayoría de edad, persistiera el padecimiento del cáncer o la enfermedad grave, diagnosticada anteriormente, y subsistiera la necesidad de hospitalización, tratamiento y cuidado durante el mismo, en los términos y con la acreditación que se exigen en los apartados anteriores.

No obstante, cumplidos los 18 años, se podrá reconocer la prestación hasta que el causante cumpla 23 años en los supuestos de padecimiento de cáncer o enfermedad grave diagnosticada antes de alcanzar la mayoría de edad, siempre que en el momento de la solicitud se acrediten los requisitos establecidos en los apartados anteriores, salvo la edad.

Asimismo, se mantendrá la prestación económica hasta que el causante cumpla 26 años si antes de alcanzar los 23 años acreditara, además, un grado de discapacidad igual o superior al 65 por ciento.

4. Reglamentariamente se determinarán las enfermedades consideradas graves, a efectos del reconocimiento de la prestación económica prevista en este capítulo.

Se modifica el apartado 3 por el art. único.20 del Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo. Ref. BOE-A-2023-6967

Se modifica por la disposición final 28.3 de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2021-21653

Aclaración normativa

Lo que necesitas saber sobre el Artículo 190 de la Ley General de la Seguridad Social 📄

El Artículo 190 se refiere a la situación protegida para los progenitores o guardadores de menores que están enfrentando enfermedades graves, como el cáncer. Esta normativa permite que los padres puedan reducir su jornada laboral para cuidar de sus hijos, además de recibir una prestación económica que los apoye durante este proceso. Vamos a desglosar todo lo que necesitas saber al respecto.

¿Qué implica esta normativa para ti? 🌐

  • Reducción de la jornada laboral: Si eres progenitor o guardador de un menor afectado por cáncer o una enfermedad grave, puedes reducir tu jornada laboral en al menos un 50%.
  • Prestación económica: Tienes derecho a recibir una ayuda económica mientras cuidas de tu hijo, siempre que cumplas con los requisitos establecidos.

¿Qué debes hacer al respecto? 📝

  • Acreditar la enfermedad: Necesitas presentar un informe del servicio de salud que certifique el padecimiento del cáncer o enfermedad grave de tu hijo, así como la necesidad de hospitalización y tratamiento.
  • Solicitar la reducción de jornada: Debes formalizar la solicitud de reducción de jornada laboral a tu empleador, especificando que es para el cuidado de un menor con una enfermedad grave.

¿Cuándo debes hacerlo? ⏰

  • En el momento de la necesidad: La solicitud de reducción de jornada y la acreditación de la enfermedad deben hacerse tan pronto como sea posible, especialmente cuando el menor necesite atención continua.

¿Qué ocurre si no lo haces? ⚠️

  • Sin derechos económicos: Si no cumples con los requisitos o no realizas la solicitud, no tendrás acceso a la prestación económica ni a la reducción de la jornada laboral, lo que podría dificultar el cuidado de tu hijo en estos momentos críticos.

¿Qué excepciones existen? 🔄

  • Familias monoparentales: La normativa también aplica a familias con un solo progenitor, permitiendo la reducción de jornada y la prestación económica.
  • Extensión de la prestación: La prestación económica puede extenderse hasta los 26 años si el menor tiene un grado de discapacidad igual o superior al 65% antes de cumplir 23 años.

Ejemplos de la vida real 🏠

  • Ejemplo 1: Imagina que eres madre de un niño de 10 años que ha sido diagnosticado con cáncer. Puedes solicitar una reducción de jornada laboral para poder acompañarlo durante su tratamiento y recibir una ayuda económica para sostenerte durante este tiempo.
  • Ejemplo 2: Si eres un padre soltero y tu hija de 15 años necesita cuidados especiales debido a una enfermedad grave, puedes acogerte a esta normativa para reducir tu carga laboral y atender sus necesidades.

Información crucial 🔍

Importante: La prestación económica se puede mantener hasta los 23 años si el menor sigue necesitando atención, y hasta los 26 años si se acredita un grado de discapacidad igual o superior al 65%.

Acciones concretas que debes considerar 🎯

  1. Obtén el informe médico: Contacta al servicio de salud para obtener la certificación del estado de salud de tu hijo.
  2. Solicita la reducción de jornada: Presenta formalmente tu solicitud a tu empleador.
  3. Asegúrate de cumplir con los requisitos: Mantente informado sobre la normativa y asegúrate de cumplir con todos los requisitos para acceder a la prestación.

Recuerda que esta normativa está diseñada para apoyarte en momentos difíciles. Si deseas más información y detalles sobre cómo aplicar a esta normativa, te invitamos a registrarte en Aprende RED, donde encontrarás recursos y orientación para ayudarte en este proceso.