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Artículo 223. Ley General Seguridad Social

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Artículo 223. Ley General Seguridad Social

Normativa

Artículo 223. Compatibilidad y extinción de las prestaciones de viudedad.

1. La pensión de viudedad será compatible con cualesquiera rentas de trabajo.

La pensión de viudedad, causada en las condiciones establecidas en el segundo párrafo del artículo 219.1, incluido el supuesto de parejas de hecho, será incompatible con el reconocimiento de otra pensión de viudedad, en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social, salvo que las cotizaciones acreditadas en cada uno de los regímenes se superpongan, al menos, durante quince años.

2. El derecho a pensión de viudedad se extinguirá, en todo caso, cuando el beneficiario contraiga matrimonio o constituya una pareja de hecho en los términos regulados en el artículo 221, sin perjuicio de las excepciones establecidas reglamentariamente.

3. Lo previsto en el presente artículo resulta de aplicación a la prestación temporal de viudedad.

Se modifica por el art. 1.12 de la Ley 21/2021, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2021-21652

Aclaración normativa

Lo que necesitas saber sobre el artículo 223 de la Seguridad Social 📄

El artículo 223 del Real Decreto Legislativo 8/2015, regula aspectos clave sobre las pensiones de viudedad, específicamente su compatibilidad y extinción. Aquí te explico lo más relevante de este artículo de manera sencilla y clara.

¿Qué implica esta normativa para ti? 🌐

  • Compatibilidad con rentas de trabajo: Si recibes una pensión de viudedad, puedes trabajar y recibir ingresos al mismo tiempo.
  • Incompatibilidad con otras pensiones de viudedad: No puedes recibir más de una pensión de viudedad a menos que las cotizaciones en diferentes regímenes se superpongan durante al menos quince años.
  • Extinción de la pensión: Si contraes matrimonio o constituyes una pareja de hecho, se extinguirá tu derecho a la pensión de viudedad.

¿Qué debes hacer al respecto? 📝

  • Revisar tu situación: Si estás recibiendo una pensión de viudedad, asegúrate de que tus ingresos laborales no afecten tu derecho a la prestación.
  • Informarte sobre tu estado civil: Si planeas casarte o formar una pareja de hecho, considera cómo esto impactará tu pensión.

¿Cuándo debes hacerlo? ⏰

  • Desde el 1 de enero de 2022: Las modificaciones introducidas por la Ley 21/2021 son efectivas desde esta fecha, así que es importante que estés al tanto de cualquier cambio que pueda afectarte.

¿Qué ocurre si no lo haces? ⚠️

  • Pérdida de la pensión: Si no informas sobre un cambio en tu estado civil (como casarte o formar una pareja de hecho), podrías perder tu pensión de viudedad.
  • Sanciones: En caso de incompatibilidad, podrías enfrentar la suspensión o pérdida de la prestación si no cumples con los requisitos establecidos.

¿Qué excepciones existen? 🔄

  • Excepciones reglamentarias: Aunque el derecho a la pensión de viudedad se extingue al casarse o formar una pareja de hecho, existen excepciones que pueden aplicarse, así que es recomendable consultar las regulaciones específicas.

Ejemplo de la vida real 🏠

Imagina que María, que recibe una pensión de viudedad, empieza a trabajar a tiempo parcial. Ella puede seguir recibiendo su pensión sin problemas. Sin embargo, si María decide casarse, automáticamente perdería su derecho a la pensión, a menos que existan excepciones que le permitan mantenerla.

Información crucial 🔍

Importante: Si estás recibiendo una pensión de viudedad y planeas cambiar tu estado civil, ¡infórmate bien! La pérdida de la pensión puede ser irreversible.

Acciones concretas que debes considerar 🎯

  1. Revisa tu situación laboral: Asegúrate de que tus ingresos no afecten tu pensión.
  2. Infórmate sobre tu estado civil: Si planeas casarte o formar una pareja de hecho, consulta con un experto sobre las implicaciones.
  3. Consulta las excepciones: Si tienes dudas sobre tu situación, busca asesoría para conocer si aplican excepciones a tu caso.

Recuerda que es fundamental estar informado sobre tus derechos y obligaciones para asegurar que tu pensión de viudedad se mantenga. Si deseas obtener más información y detalles sobre este tema, te invitamos a registrarte en Aprende RED para ampliar tus conocimientos y estar al día con las normativas.