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Artículo 272. Ley General Seguridad Social

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Artículo 272. Ley General Seguridad Social

Normativa

Artículo 272. Extinción del derecho.

El derecho a la percepción de la prestación por desempleo se extinguirá en los casos siguientes:

a) Agotamiento del plazo de duración de la prestación.

b) Imposición de sanción en los términos previstos en el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

c) Realización de un trabajo por cuenta ajena de duración igual o superior a doce meses, sin perjuicio del derecho de opción establecido en el artículo 269.3 o realización de un trabajo por cuenta propia, por tiempo igual o superior a sesenta meses en el supuesto de trabajadores por cuenta propia que causen alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, o a veinticuatro meses, en el caso de actividades con alta en alguna mutualidad de previsión social alternativa al Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.

d) Cumplimiento, por parte del titular del derecho, de la edad ordinaria exigida en cada caso para causar derecho a la pensión contributiva de jubilación, con las salvedades establecidas en el artículo 266.d).

e) Pasar a ser pensionista de jubilación, o de incapacidad permanente en los grados de incapacidad permanente total, incapacidad permanente absoluta o gran incapacidad. No obstante, en estos casos, el beneficiario podrá optar por la prestación más favorable.

f) Traslado de residencia o estancia en el extranjero, salvo en los supuestos que sean causa de suspensión recogidos en las letras f) y g) del artículo 271.1.

g) Renuncia voluntaria al derecho.

h) Transcurso del plazo de seis años desde la fecha de baja de la prestación sin haber reanudado el derecho.

Se sustituyen las referencias a «gran invalidez» por «gran incapacidad» según establece la disposición adicional única de la Ley 2/2025, de 29 de abril. Ref. BOE-A-2025-8567

Se modifican las letras c) y d) y se añade la h) por el art. 2.3 del Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo. Ref. BOE-A-2024-10235

Téngase en cuenta que, de conformidad con la disposición transitoria 1 del citado Real Decreto-ley, hasta el día 31 de octubre de 2024 continuará siendo de aplicación lo previsto en la redacción anterior.

Se deja sin efecto la modificación por Resolución de 10 de enero de 2024, que publica el Acuerdo del Congreso de los Diputados por el que se deroga el Real Decreto-ley 7/2023, de 19 de diciembre. Ref. BOE-A-2024-664

Se modifican las letras c), d) y se añade la h) por el art. 2.3 del Real Decreto-ley 7/2023, de 19 de diciembre. Ref. BOE-A-2023-25759

Esta actualización entra en vigor el 1 de junio de 2024, según se establece en la disposición final 9.3 del citado Real Decreto-ley.

Se modifica por la disposición final 4.6 de la Ley 3/2023, de 28 de febrero. Ref. BOE-A-2023-5365

Redactado el apartado 1.c) conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 36, de 11 de febrero de 2016. Ref. BOE-A-2016-1320.

Aclaración normativa

Lo que necesitas saber sobre el Artículo 272 de la Ley General de Seguridad Social 📄

El Artículo 272 de la Ley General de Seguridad Social en España se refiere a la extinción del derecho a la percepción de la prestación por desempleo. Es crucial entender cómo y cuándo se puede perder este derecho para evitar sorpresas desagradables. Vamos a desglosar esta normativa de manera clara y sencilla.

¿Qué implica esta normativa para ti? 🌐

  • Extinción del derecho a la prestación: Si cumples con alguna de las condiciones que se enumeran, puedes perder el derecho a recibir la prestación por desempleo.
  • Conocimiento de las causas: Saber las causas de extinción te ayudará a mantener tus derechos y a evitar problemas económicos.

Causas de extinción del derecho ✅

Causa Descripción
Agotamiento del plazo Se agota el tiempo establecido para recibir la prestación.
Sanciones Se impone una sanción por infracciones en el orden social.
Trabajo por cuenta ajena Se trabaja más de 12 meses en un empleo.
Trabajo por cuenta propia Se trabaja más de 60 meses como autónomo.
Jubilación Se alcanza la edad de jubilación o se pasa a ser pensionista.
Residencia en el extranjero Se traslada la residencia fuera del país sin justificación.
Renuncia Se renuncia voluntariamente al derecho.
Transcurso de seis años Pasa más de seis años desde la baja de la prestación sin reanudar el derecho.

¿Qué debes hacer al respecto? 📝

  • Mantente informado: Conoce las fechas y plazos relacionados con tu prestación.
  • Cumple con las normativas: Asegúrate de no infringir las leyes que pueden llevar a sanciones.
  • Actualiza tu situación laboral: Si consigues empleo, infórmalo a la oficina de empleo para evitar problemas.

¿Cuándo debes hacerlo? ⏰

  • Inmediatamente: Si encuentras un trabajo o cambias tu situación laboral, debes notificarlo de manera inmediata.
  • Antes de cumplir plazos: Revisa tu situación antes de que se agote tu derecho a la prestación.

¿Qué ocurre si no lo haces? ⚠️

  • Pérdida de la prestación: Si no informas sobre cambios, puedes perder el derecho a la prestación por desempleo.
  • Sanciones: Podrías enfrentarte a sanciones que afecten tu situación económica.

¿Qué excepciones existen? 🔄

  • Jubilación anticipada: Si cumples con la edad de jubilación, puedes optar por la pensión contributiva.
  • Suspensión por causas justificadas: Existen razones que pueden suspender temporalmente tu derecho, como enfermedad o maternidad.

Ejemplo de la vida real 🏠

Imagina que Juan está recibiendo una prestación por desempleo. Un día, encuentra un trabajo temporal que dura más de 12 meses. Según el Artículo 272, su derecho a la prestación se extinguiría. Sin embargo, si Juan no informa a la oficina de empleo, podría enfrentar sanciones. Por lo tanto, es fundamental que mantenga su situación actualizada.

Información crucial 🔍

Importante: La normativa actualizada entra en vigor el 1 de junio de 2024. Asegúrate de estar al tanto de los cambios y cómo te afectan.

Acciones concretas que debes considerar 🎯

  1. Infórmate sobre las causas de extinción de la prestación.
  2. Notifica inmediatamente cualquier cambio en tu situación laboral.
  3. Consulta con un asesor de empleo si tienes dudas sobre tu derecho a la prestación.

Si deseas profundizar más en este tema y asegurarte de que estás cumpliendo con todas las normativas, te invitamos a registrarte en Aprende RED. Allí encontrarás información más detallada y asesoría personalizada para ayudarte a mantener tus derechos.