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Artículo 295. Ley General Seguridad Social

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Artículo 295. Ley General Seguridad Social

Normativa

Artículo 295. Reintegro de pagos indebidos.

1. Corresponde a la entidad gestora competente declarar y exigir la devolución de las prestaciones indebidamente percibidas por los trabajadores y el reintegro de las prestaciones de cuyo pago sea directamente responsable el empresario.

Transcurrido el respectivo plazo fijado para el reintegro de las prestaciones indebidamente percibidas o de responsabilidad empresarial sin haberse efectuado el mismo, corresponderá a la Tesorería General de la Seguridad Social proceder a su recaudación en vía ejecutiva de conformidad con las normas reguladoras de la gestión recaudatoria de la Seguridad Social, devengándose el recargo y el interés de demora en los términos y condiciones establecidos en esta ley.

2. Para el ejercicio de esta competencia la entidad gestora podrá concertar los servicios que considere convenientes con la Tesorería General de la Seguridad Social o con cualquiera de las administraciones públicas.

3. La entidad gestora podrá conceder la compensación parcial, así como el fraccionamiento de pago para el reintegro de las prestaciones por desempleo indebidamente percibidas, en los términos y condiciones que se establezcan reglamentariamente, a solicitud del sujeto responsable del mismo, que deberá ser presentada con anterioridad al inicio de su recaudación en vía ejecutiva. Tanto la compensación parcial como el fraccionamiento del pago comprenderán el principal de la deuda, así como el recargo que fuera exigible en la fecha de su solicitud. Además, el fraccionamiento del pago devengará intereses, desde el momento de su concesión hasta la fecha de pago, conforme al interés de demora que se encuentre vigente en cada momento durante su duración.

Se modifica por el art. 2.16 del Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo. Ref. BOE-A-2024-10235

Se deja sin efecto la modificación por Resolución de 10 de enero de 2024, que publica el Acuerdo del Congreso de los Diputados por el que se deroga el Real Decreto-ley 7/2023, de 19 de diciembre. Ref. BOE-A-2024-664

Se modifica por el art. 2.16 del Real Decreto-ley 7/2023, de 19 de diciembre. Ref. BOE-A-2023-25759

Esta actualización entra en vigor el 1 de junio de 2024, según se establece en la disposición final 9.3 del citado Real Decreto-ley.

Aclaración normativa

Lo que necesitas saber sobre el Artículo 295 de la Ley General de la Seguridad Social 📄

El Artículo 295 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) en España establece las normas sobre el reintegro de prestaciones que han sido percibidas indebidamente. Esto es importante tanto para los trabajadores como para los empresarios, ya que implica ciertas obligaciones y procedimientos que deben seguirse. Vamos a desglosar esta normativa de una manera sencilla y clara para que puedas entender cómo te afecta y qué debes hacer al respecto.

¿Qué implica esta normativa para ti? 🌐

  • Devolución Obligatoria: Si has recibido prestaciones que no te correspondían, tanto tú como tu empresario tenéis la obligación de devolver esos pagos. Esto incluye cualquier tipo de ayuda o subsidio que se haya recibido indebidamente.
  • Recargos e Intereses: Si no devuelves las prestaciones en el plazo establecido, se aplicarán recargos y se devengarán intereses de demora, lo que aumentará la cantidad que debes devolver.

¿Qué debes hacer al respecto? 📝

  • Revisar tus prestaciones: Es fundamental que verifiques si has recibido alguna prestación que no te correspondía. Esto puede incluir subsidios por desempleo, ayudas familiares, entre otros.
  • Solicitar Compensación o Fraccionamiento: Si te encuentras en la situación de tener que devolver una cantidad significativa, puedes solicitar una compensación parcial o un fraccionamiento del pago. Esto debe hacerse antes de que comience el proceso de recaudación en vía ejecutiva.

¿Cuándo debes hacerlo? ⏰

  • Plazo para la Devolución: Debes devolver las prestaciones indebidamente percibidas dentro del plazo que establezca la entidad gestora. Si no lo haces, se iniciará un procedimiento de recaudación.
  • Fecha Límite: Recuerda que, si no has solicitado la compensación o el fraccionamiento antes de que comience la recaudación, perderás esa opción.

¿Qué ocurre si no lo haces? ⚠️

  • Recaudación en Vía Ejecutiva: Si no devuelves las prestaciones en el plazo establecido, la Tesorería General de la Seguridad Social procederá a su recaudación en vía ejecutiva. Esto significa que pueden embargar tus cuentas o bienes.
  • Recargos e Intereses: Además, se aplicarán recargos y se devengarán intereses de demora, lo que incrementará la deuda original que tienes que pagar.
  • Posibles Sanciones: Dependiendo de la gravedad de la situación, podrías enfrentarte a sanciones adicionales.

¿Qué excepciones existen? 🔄

  • Compensación Parcial y Fraccionamiento: Si has recibido un pago indebido, puedes solicitar una compensación parcial o un fraccionamiento del pago antes de que inicie la recaudación. Esto te permitirá pagar en plazos y evitar una carga financiera excesiva.
  • Colaboración con Otras Entidades: La entidad gestora puede colaborar con otras administraciones públicas para facilitar el proceso de devolución y ofrecer soluciones más flexibles.

Ejemplo de la vida real 🏠

Imagina que has estado recibiendo un subsidio por desempleo, pero un error administrativo ha hecho que recibas una cantidad mayor a la que realmente te correspondía. Si te das cuenta de esto, debes actuar rápidamente:

  • Primero, verifica el monto recibido y confirma que efectivamente fue incorrecto.
  • Luego, contacta a la entidad gestora para informarles del error y preguntar por el proceso de devolución.
  • Si el monto es alto y no puedes pagarlo de una sola vez, solicita un fraccionamiento del pago.

Información Crucial 🔍

Importante: La normativa establece que la actualización entra en vigor el 1 de junio de 2024. Asegúrate de estar al tanto de cualquier cambio y cómo puede afectar tu situación.

Acciones Concretas que Debes Considerar 🎯

  1. Revisa tus recibos: Verifica si has recibido prestaciones indebidas y cuánto debes devolver.
  2. Actúa pronto: Si debes devolver algo, no esperes al último momento para hacerlo.
  3. Solicita ayuda: Si no estás seguro de cómo proceder, considera buscar asesoramiento legal o contactar a la entidad gestora para que te guíen.

Recuerda que estar informado y actuar a tiempo puede ahorrarte muchos problemas en el futuro. Si quieres profundizar más en este tema y recibir más información, ¡regístrate en Aprende RED para mantenerte al día!