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Artículo 296. Ley General Seguridad Social

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Artículo 296. Ley General Seguridad Social

Normativa

Artículo 296. Pago de las prestaciones.

1. La entidad gestora deberá dictar resolución motivada, reconociendo o denegando el derecho a las prestaciones por desempleo, en el plazo de los quince días siguientes a la fecha en que se hubiera formulado la solicitud en tiempo y forma.

2. El pago de la prestación será efectuado por la entidad gestora o por la propia empresa, en los supuestos y en las condiciones que reglamentariamente se determinen.

3. Cuando así lo establezca algún programa de fomento del empleo, la entidad gestora podrá abonar de una sola vez el valor actual del importe, total o parcial, de la prestación por desempleo de nivel contributivo a que tenga derecho el trabajador y que esté pendiente por percibir.

Asimismo, podrá abonar a través de pagos parciales el importe de la prestación por desempleo de nivel contributivo a que tenga derecho el trabajador para subvencionar la cotización del mismo a la Seguridad Social.

4. Cuando así lo establezca algún programa de fomento de empleo para facilitar la movilidad geográfica, la entidad gestora podrá abonar el importe de un mes de la duración de las prestaciones por desempleo o de tres meses de la duración del subsidio por desempleo, pendientes por percibir, a los beneficiarios de las mismas para ocupar un empleo que implique cambio de la localidad de residencia.

Aclaración normativa

Lo que necesitas saber sobre el pago de las prestaciones por desempleo 📄

El Artículo 296 de la Ley General de la Seguridad Social establece normas importantes sobre cómo se gestionan y pagan las prestaciones por desempleo. Vamos a desglosar esta normativa para que la entiendas de manera sencilla y clara.

¿Qué implica esta normativa para ti? 🌐

  • Derecho a prestaciones: Si has solicitado prestaciones por desempleo, la entidad gestora (como el SEPE) debe decidir si tienes derecho a ellas.
  • Plazo de resolución: Tienen un plazo de 15 días para darte una respuesta, ya sea positiva o negativa, desde que presentaste tu solicitud.

¿Qué debes hacer al respecto? 📝

  • Solicitar prestaciones: Asegúrate de presentar tu solicitud en tiempo y forma.
  • Esperar la resolución: Una vez solicitada, espera la respuesta de la entidad gestora en el plazo indicado.

¿Cuándo debes hacerlo? ⏰

  • Presentación de la solicitud: Debes hacerlo tan pronto como pierdas tu empleo.
  • Plazo de resolución: Recuerda que la entidad gestora tiene 15 días para darte una respuesta.

¿Qué ocurre si no lo haces? ⚠️

  • Denegación de la prestación: Si no presentas tu solicitud, no podrás acceder a las prestaciones por desempleo.
  • Posibilidad de recurrir: Si te deniegan la prestación, puedes apelar la decisión siguiendo los procedimientos establecidos.

¿Qué excepciones existen? 🔄

  • Programas de fomento del empleo: En ciertos casos, si estás participando en programas de fomento del empleo, puedes recibir pagos anticipados o ayudas específicas.
  • Movilidad geográfica: Si te mudas por un nuevo empleo, podrías ser elegible para recibir un mes de prestaciones o tres meses del subsidio pendientes.

Modalidades de pago de la prestación por desempleo ✅

  • Pago único: Puedes recibir de una sola vez el valor total o parcial de la prestación que te corresponde.
  • Pagos parciales: También es posible recibir pagos parciales para ayudar con tu cotización a la Seguridad Social.

Ejemplo de la vida real 🏠

Imagina que Juan ha perdido su trabajo y solicita prestaciones por desempleo. Presenta su solicitud el 1 de marzo. La entidad gestora, el SEPE, tiene hasta el 16 de marzo para darle una respuesta. Si le aprueban la prestación, puede optar por recibir el pago total de una vez o pagos parciales que le ayuden a pagar su Seguridad Social mientras busca un nuevo empleo.

Información crucial 🔍

Importante: Recuerda que si no presentas tu solicitud, no podrás acceder a las prestaciones. Además, si te deniegan la prestación, tienes derecho a apelar.

Acciones concretas que debes considerar 🎯

  1. Presenta tu solicitud de prestaciones por desempleo tan pronto como pierdas tu trabajo.
  2. Espera la resolución de la entidad gestora, que debe ser en un plazo de 15 días.
  3. Si te deniegan la prestación, infórmate sobre el proceso para apelar la decisión.
  4. Considera las opciones de pago único o parcial si te ofrecen programas de fomento del empleo.
  5. Mantente informado sobre tu derecho a recibir ayudas si cambias de localidad por un nuevo trabajo.

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