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Artículo 341. Ley General Seguridad Social

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Artículo 341. Ley General Seguridad Social

Normativa

Artículo 341. Extinción del derecho a la protección.

1. El derecho a la protección por cese de actividad se extinguirá en los siguientes casos:

a) Por agotamiento del plazo de duración de la prestación.

b) Por imposición de las sanciones en los términos establecidos en el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

c) Por realización de un trabajo por cuenta ajena o propia durante un tiempo igual o superior a doce meses, en este último caso siempre que genere derecho a la protección por cese de actividad como trabajador autónomo.

d) Por cumplimiento de la edad de jubilación ordinaria o, en el caso de los trabajadores por cuenta propia encuadrados en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar, edad de jubilación teórica, salvo cuando no se reúnan los requisitos para acceder a la pensión de jubilación contributiva. En este supuesto la prestación por cese de actividad se extinguirá cuando el trabajador autónomo cumpla con el resto de requisitos para acceder a dicha pensión o bien se agote el plazo de duración de la protección.

e) Por reconocimiento de pensión de jubilación o de incapacidad permanente, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 342.1.

Téngase en cuenta que la modificación del apartado 1.e), establecida por el art. 1.23 del Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio. Ref. BOE-A-2022-12482, entra en vigor el 1 de enero de 2023, según determina su disposición final 5.

Redacción anterior:

e) Por reconocimiento de pensión de jubilación o de incapacidad permanente, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 342.2.

f) Por traslado de residencia al extranjero, salvo en los casos que reglamentariamente se determinen.

g) Por renuncia voluntaria al derecho.

h) Por fallecimiento del trabajador autónomo.

2. Cuando el derecho a la prestación se extinga en los casos de la letra c) del apartado anterior, el trabajador autónomo podrá optar, en el caso de que se le reconozca una nueva prestación, entre reabrir el derecho inicial por el período que le restaba y las bases y tipos que le correspondían, o percibir la prestación generada por las nuevas cotizaciones efectuadas. Cuando el trabajador autónomo opte por la prestación anterior, las cotizaciones que generaron aquella prestación por la que no hubiera optado no podrán computarse para el reconocimiento de un derecho posterior.

Se modifica el apartado 1.e), con efectos de 1 de enero de 2023, por el art. 1.23 del Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio. Ref. BOE-A-2022-12482

Aclaración normativa

Lo que necesitas saber sobre la extinción del derecho a la protección por cese de actividad 📄

La normativa relacionada con la extinción del derecho a la protección por cese de actividad es fundamental para los trabajadores autónomos. Este artículo, que forma parte del Real Decreto Legislativo 8/2015, establece las condiciones bajo las cuales un autónomo puede perder este derecho. Vamos a desglosar todo lo que necesitas saber sobre esto.

¿Qué implica esta normativa para ti? 🌐

  • Extinción del derecho a la protección: Significa que, bajo ciertas circunstancias, un trabajador autónomo dejará de recibir la prestación por cese de actividad.
  • Conocimiento de tus derechos: Es crucial que sepas cuándo y cómo puede extinguirse tu derecho a la protección, para que puedas planificar adecuadamente.

Casos de extinción del derecho a la protección 📊

A continuación, te presento una tabla que resume los casos en los que se extingue el derecho a la protección por cese de actividad:

Caso Descripción
a) Agotamiento del plazo Se extingue al agotarse el tiempo máximo de la prestación.
b) Imposición de sanciones Si se imponen sanciones según la ley de infracciones y sanciones.
c) Trabajo por cuenta ajena o propia Realizar trabajo durante 12 meses o más, con derecho a protección.
d) Cumplimiento de edad de jubilación Al cumplir la edad de jubilación ordinaria.
e) Reconocimiento de pensión Por pensión de jubilación o incapacidad permanente.
f) Traslado al extranjero Si te trasladas a vivir fuera del país.
g) Renuncia voluntaria Si decides renunciar al derecho a la protección.
h) Fallecimiento En caso de fallecimiento del trabajador autónomo.

¿Qué debes hacer al respecto? 📝

  • Revisar tu situación: Mantente al tanto de tu situación laboral y de cualquier cambio que pueda afectar tu derecho a la protección.
  • Consultar con un experto: Si tienes dudas sobre tu situación, es recomendable que consultes con un asesor laboral o legal.

¿Cuándo debes hacerlo? ⏰

  • En cualquier momento: Es importante estar alerta a cualquier cambio en tu situación laboral que pueda desencadenar la extinción del derecho.
  • Fechas clave: Ten en cuenta que, por ejemplo, si cumples la edad de jubilación, deberás gestionar tu situación antes de que llegue esa fecha.

¿Qué ocurre si no lo haces? ⚠️

  • Pérdida de la prestación: Si no estás al tanto de tu situación y dejas que se extinga tu derecho sin tomar acción, perderás la prestación por cese de actividad.
  • Sanciones: Si se imponen sanciones por infracciones, podrías quedarte sin derecho a la protección.

¿Qué excepciones existen? 🔄

  • Excepciones reglamentarias: En caso de traslado al extranjero, pueden existir excepciones que debes consultar con las autoridades competentes.
  • Condiciones de jubilación: Si al cumplir la edad de jubilación no cumples con los requisitos para acceder a la pensión, tu derecho puede extinguirse de manera diferente.

Ejemplo de la vida real 🏠

Imagina que eres un trabajador autónomo que ha estado recibiendo la prestación por cese de actividad. Si decides aceptar un trabajo a tiempo completo durante más de 12 meses, tu derecho a la protección se extinguirá. Sin embargo, podrías optar por reabrir tu derecho anterior o recibir una nueva prestación por las cotizaciones que has realizado. Es crucial que tomes esta decisión con cuidado.

Información crucial 🔍

Importante: La modificación del apartado 1.e), que establece el reconocimiento de pensiones, entra en vigor el 1 de enero de 2023. Asegúrate de estar al tanto de estas fechas y cambios.

Acciones concretas que debes considerar 🎯

  1. Infórmate sobre tu derecho a la protección: Asegúrate de entender cuándo y cómo puede extinguirse.
  2. Evalúa tu situación laboral: Revisa si estás en alguna de las situaciones que podrían llevar a la extinción de tu derecho.
  3. Consulta con un experto: No dudes en buscar asesoramiento si tienes dudas sobre tu situación.
  4. Mantente actualizado: Revisa regularmente cualquier cambio en la normativa que pueda afectar tu derecho a la protección.

Si quieres profundizar más sobre este tema y obtener información actualizada, ¡te invitamos a registrarte en Aprende RED! Aquí encontrarás recursos y asesoramiento para ayudarte a navegar por tus derechos como trabajador autónomo.