Logo

Artículo 35. Ley General Seguridad Social

 4 vistas 
Artículo 35. Ley General Seguridad Social

Normativa

Artículo 35. Determinación de las deudas por cuotas.

1. Las reclamaciones de deudas y las providencias de apremio por cuotas de la Seguridad Social, en los supuestos en que unas y otras procedan, se extenderán conforme a las siguientes reglas:

a) De cumplir el sujeto responsable del ingreso las obligaciones establecidas en los apartados 1 y 2 del artículo 29 dentro de plazo, se emitirán en función de las bases de cotización por las que se hubiera efectuado la liquidación de cuotas correspondiente.

b) De incumplir el sujeto responsable del ingreso las obligaciones establecidas en los apartados 1 y 2 del artículo 29 dentro de plazo, se emitirán tomando como base de cotización la media entre la base mínima y máxima correspondiente al último grupo de cotización conocido en que estuviese encuadrado el grupo o categoría profesional de los trabajadores a que se refiera la reclamación de deuda, salvo en aquellos supuestos en que resulten de aplicación bases únicas.

2. Las actas de liquidación se extenderán con base en la remuneración total que tenga derecho a percibir el trabajador o la que efectivamente perciba de ser esta superior en razón del trabajo que realice por cuenta ajena y que deba integrar la base de cotización en los términos establecidos en la ley o en las normas de desarrollo.

Cuando la Inspección de Trabajo y Seguridad Social se vea en la imposibilidad de conocer el importe de las remuneraciones percibidas por el trabajador, se estimará como base de cotización la media entre la base mínima y máxima correspondiente al último grupo de cotización conocido en que estuviese encuadrado el grupo o categoría profesional de los trabajadores a que se refiera el acta de liquidación, salvo en aquellos supuestos en que resulten de aplicación bases únicas.

Aclaración normativa

Lo que necesitas saber sobre la determinación de las deudas por cuotas de la Seguridad Social 📄

El Artículo 35 de la Ley General de la Seguridad Social establece las reglas sobre cómo se determinan y reclaman las deudas relacionadas con las cuotas de la Seguridad Social. Vamos a desglosar esta normativa para que sea fácil de entender y aplicar en tu día a día.

¿Qué implica esta normativa para ti? 🌐

  • Reclamaciones de Deudas: Si tienes deudas con la Seguridad Social, es crucial que entiendas cómo se calcularán estas deudas.
  • Cumplimiento de Obligaciones: Si cumples a tiempo con tus obligaciones, las reclamaciones se basarán en tus cotizaciones.

¿Qué debes hacer al respecto? 📝

  • Verifica tus Obligaciones: Asegúrate de conocer tus obligaciones de cotización y cumplirlas dentro del plazo establecido.
  • Consulta tus Bases de Cotización: Revisa las bases sobre las que se calculan tus deudas para evitar sorpresas.

¿Cuándo debes hacerlo? ⏰

  • Plazos de Pago: Debes cumplir con tus obligaciones en los plazos establecidos para evitar recargos.

¿Qué ocurre si no lo haces? ⚠️

  • Recargos: Si no pagas a tiempo, se aplicarán recargos de entre el 10% y el 35% según el tiempo que pase.
  • Intereses de Demora: También se generarán intereses desde el día siguiente al vencimiento del plazo.

¿Qué excepciones existen? 🔄

  • Aplazamientos: Puedes solicitar aplazamientos para el pago, pero no se aplican a todas las cuotas.
  • Bases Únicas: En algunos casos, se aplican bases únicas que pueden modificar el cálculo de la deuda.

Tabla Comparativa de Recargos 📊

Tiempo de Retraso Recargo (%)
Dentro del primer mes 10%
Desde el segundo mes 20%
A partir de la terminación del plazo 35%

Ejemplo de la Vida Real 🏠

Imagina que eres un autónomo y olvidaste pagar tu cuota de la Seguridad Social en marzo. Si pagas en abril, se te aplicará un recargo del 10%. Pero si decides esperar hasta junio, el recargo será del 20%. Si te retrasas aún más y pagas después de que termine el plazo, el recargo será del 35%.

Información Crucial 🔍

Importante: Cumple con tus obligaciones para evitar recargos y intereses.

Acciones Concretas que Debes Considerar 🎯

  1. Revisa tus obligaciones de cotización para asegurarte de que estás al día.
  2. Realiza tus pagos dentro del plazo para evitar recargos.
  3. Consulta con un asesor si tienes dudas sobre tus bases de cotización o si necesitas solicitar un aplazamiento.

Recuerda, si deseas ampliar más información sobre este tema y estar al tanto de tus obligaciones y derechos, regístrate en Aprende RED para acceder a recursos adicionales y asesoramiento especializado.