Logo

Artículo 351. Ley General Seguridad Social

 4 vistas 
Artículo 351. Ley General Seguridad Social

Normativa

Artículo 351. Enumeración.

Las prestaciones familiares de la Seguridad Social, en su modalidad no contributiva, consistirán en:

a) Una asignación económica por cada hijo menor de dieciocho años de edad y afectado por una discapacidad en un grado igual o superior al 33 por ciento, o mayor de dicha edad cuando el grado de discapacidad sea igual o superior al 65 por ciento, a cargo del beneficiario, cualquiera que sea la naturaleza legal de la filiación, así como por los menores a su cargo en régimen de acogimiento familiar permanente o guarda con fines de adopción, que cumplan los mismos requisitos.

El causante no perderá la condición de hijo o de menor a cargo por el mero hecho de realizar un trabajo lucrativo por cuenta propia o ajena siempre que continúe viviendo con el beneficiario de la prestación y que los ingresos anuales del causante, en concepto de rendimientos del trabajo, no superen el 100 por cien del salario mínimo interprofesional, también en cómputo anual.

Tal condición se mantendrá aunque la afiliación del causante como trabajador suponga su encuadramiento en un régimen de Seguridad Social distinto a aquel en el que esté afiliado el beneficiario de la prestación.

b) Una prestación económica de pago único a tanto alzado por nacimiento o adopción de hijo, en supuestos de familias numerosas, monoparentales y en los casos de madres o padres con discapacidad.

c) Una prestación económica de pago único por parto o adopción múltiples.

Se modifica la letra b) por la disposición final 4.4 de la Ley 19/2021, de 20 de diciembre. Ref. BOE-A-2021-21007

Se modifica por la disposición final 3.1 del Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre. Ref. BOE-A-2020-11416

Se modifica por la disposición final 4.5 del Real Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo. Ref. BOE-A-2020-5493

Aclaración normativa

Lo que necesitas saber sobre las prestaciones familiares no contributivas de la Seguridad Social 📄

La normativa sobre las prestaciones familiares no contributivas de la Seguridad Social es crucial para muchas familias en España. En este artículo, desglosaremos lo que significa esta normativa, cómo te afecta, qué pasos debes seguir y qué sucede si no cumples con los requisitos.

¿Qué implica esta normativa para ti? 🌐

  • Asignación económica por hijo o menor a cargo: Si tienes hijos menores de 18 años con discapacidad o mayores con una discapacidad severa, puedes recibir una ayuda económica.
  • Prestaciones por nacimiento o adopción: Existen ayudas específicas para familias numerosas, monoparentales o con padres con discapacidad.

¿Qué debes hacer al respecto? 📝

  • Solicitar la asignación: Si cumples con los requisitos, debes presentar la solicitud correspondiente a la Seguridad Social.
  • Mantener la documentación actualizada: Asegúrate de que toda la información sobre tus hijos y su situación se mantenga actualizada.

¿Cuándo debes hacerlo? ⏰

  • Plazo de solicitud: Es recomendable que lo hagas tan pronto como tengas derecho a la prestación, ya que algunas ayudas tienen plazos específicos para su solicitud.

¿Qué ocurre si no lo haces? ⚠️

  • Pérdida de derechos: Si no solicitas la prestación, no podrás recibir la ayuda económica correspondiente.
  • Sanciones: Podrían imponerse sanciones si se detecta que no has cumplido con las obligaciones establecidas.

¿Qué excepciones existen? 🔄

  • Trabajo lucrativo: Si tu hijo realiza un trabajo, no perderá la condición de menor a cargo siempre que viva contigo y sus ingresos no superen el salario mínimo interprofesional.
  • Régimen de Seguridad Social diferente: Si tu hijo se afilia a otro régimen de Seguridad Social, mantendrá la condición de menor a cargo siempre que cumpla con los requisitos.

Ejemplo de la vida real 🏠

Imagina que eres un padre soltero con un hijo de 16 años que tiene una discapacidad del 40%. Si decides trabajar, no perderás el derecho a la asignación económica, siempre que tu hijo viva contigo y no gane más del salario mínimo interprofesional. Esto significa que puedes seguir recibiendo apoyo económico mientras trabajas.

Información crucial 🔍

Importante: Si no cumples con los requisitos establecidos, podrías perder el derecho a recibir estas prestaciones y enfrentar sanciones.

Acciones concretas que debes considerar 🎯

  1. Verifica si cumples los requisitos: Asegúrate de que tus hijos o menores a cargo cumplen con las condiciones necesarias para acceder a las prestaciones.
  2. Presenta tu solicitud: No esperes más y presenta tu solicitud a la Seguridad Social lo antes posible.
  3. Mantén tu información actualizada: Revisa y actualiza cualquier cambio en la situación de tus hijos que pueda afectar tu derecho a las prestaciones.

Si quieres profundizar más sobre este tema y recibir información actualizada, te invitamos a registrarte en Aprende RED. Te ofrecemos recursos y asesoramiento para ayudarte a gestionar tus derechos y beneficios.