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Artículo 355. Ley General Seguridad Social

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Artículo 355. Ley General Seguridad Social

Normativa

Artículo 355. Declaración y efectos de las variaciones familiares.

1. Todo beneficiario estará obligado a declarar cuantas variaciones se produzcan en su familia, siempre que estas deban ser tenidas en cuenta a efectos del nacimiento, modificación o extinción del derecho.

En ningún caso será necesario acreditar documentalmente aquellos hechos o circunstancias, tales como el importe de las pensiones y subsidios, que la Administración de la Seguridad Social deba conocer por sí directamente.

2. Cuando se produzcan las variaciones a que se refiere el apartado anterior, surtirán efecto:

a) En caso de nacimiento del derecho, a partir del día primero del trimestre natural inmediatamente siguiente a la fecha en que se haya solicitado el reconocimiento del mismo.

b) En caso de extinción del derecho, a partir del último día del trimestre natural dentro del cual se haya producido la variación de que se trate.

Se modifica el apartado 1 por la disposición final 3.4 del Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre. Ref. BOE-A-2020-11416

Aclaración normativa

Lo que necesitas saber sobre el Artículo 355 de la Ley General de la Seguridad Social 📄

El Artículo 355 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) en España es fundamental para comprender las obligaciones que tienen los beneficiarios en relación con las variaciones en su composición familiar. Aquí te explicaremos de manera sencilla y clara qué significa esto para ti y qué pasos debes seguir.

¿Qué implica esta normativa para ti? 🌐

  • Declaración Obligatoria: Si eres beneficiario de la Seguridad Social, estás obligado a declarar cualquier cambio en tu situación familiar que pueda afectar tu derecho a prestaciones.
  • Efectos de las Variaciones: Dependiendo de si se trata de un nacimiento o una extinción de derechos, las variaciones tendrán efectos diferentes en tu prestación.

¿Qué debes hacer al respecto? 📝

  • Declarar Cambios: Debes informar sobre cualquier variación familiar, como nacimientos, defunciones o cambios en la convivencia.
  • No Necesitas Documentación: No es necesario presentar documentos que la Administración ya conozca, como el importe de pensiones o subsidios.

¿Cuándo debes hacerlo? ⏰

  • Plazos de Declaración:
  • Si se trata de un nacimiento del derecho, debes declarar el cambio antes del primer día del trimestre natural siguiente a la solicitud.
  • Si es una extinción del derecho, debes hacerlo antes del último día del trimestre natural en el que ocurrió la variación.

¿Qué ocurre si no lo haces? ⚠️

  • Pérdida de Derechos: Si no declaras las variaciones, podrías perder el derecho a recibir prestaciones o ver modificada su cuantía.
  • Sanciones: La Administración puede iniciar procedimientos de revisión y, si no cumples, podrías enfrentar sanciones o tener que reintegrar prestaciones que recibiste indebidamente.

¿Qué excepciones existen? 🔄

  • Conocimiento Directo: No necesitas acreditar hechos que la Administración ya conoce, como ciertos ingresos o subsidios.
  • Variaciones No Declaradas: Si una variación no es relevante para tu derecho a las prestaciones, no es necesario declararla.

Ejemplo de la vida real 🏠

Imagina que tienes un hijo y decides solicitar una prestación por maternidad. Debes declarar el nacimiento de tu hijo para que la prestación surta efecto a partir del primer día del trimestre siguiente a tu solicitud. Si no lo haces, podrías perder esa prestación o tener que devolver el dinero recibido.

Información crucial 🔍

Importante: Asegúrate de declarar cualquier variación familiar en los plazos establecidos para evitar consecuencias negativas.

Acciones concretas que debes considerar 🎯

  1. Revisa tu situación familiar y cualquier cambio que pueda afectar tu derecho a prestaciones.
  2. Declara las variaciones en el plazo correspondiente, ya sea por nacimiento o extinción de derechos.
  3. Mantente informado sobre tus derechos y obligaciones como beneficiario de la Seguridad Social.

Recuerda que este proceso es vital para asegurar que recibes las prestaciones que te corresponden. Si quieres más información detallada y actualizada sobre este tema, te invitamos a registrarte en Aprende RED. ¡No dejes pasar la oportunidad de estar bien informado!