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Artículo 373. Ley General Seguridad Social

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Artículo 373. Ley General Seguridad Social

Normativa

Artículo 373. Gestión.

1. La gestión de las prestaciones no contributivas se efectuará por las siguientes entidades gestoras:

a) El Instituto Nacional de la Seguridad Social, con excepción de las que se mencionan en la letra b) siguiente.

b) El Instituto de Mayores y Servicios Sociales, las pensiones no contributivas de invalidez y jubilación.

2. Sin perjuicio de lo establecido en la letra b) del apartado anterior, las pensiones no contributivas de invalidez y jubilación podrán ser gestionadas, en su caso, por las comunidades autónomas estatutariamente competentes, a las que hubiesen sido transferidos los servicios del instituto citado en aquella.

3. El Gobierno podrá celebrar con las comunidades autónomas a las que no les hubieran sido transferidos los servicios del Instituto de Mayores y Servicios Sociales los oportunos conciertos para que puedan gestionar las pensiones no contributivas de la Seguridad Social.

4. Las pensiones de invalidez y jubilación en su modalidad no contributiva quedarán incluidas en el Registro de Prestaciones Sociales Públicas que se regula en el artículo 72.

A tal fin, las entidades y organismos que gestionen las pensiones de invalidez y jubilación aludidas vendrán obligados a comunicar al Instituto Nacional de la Seguridad Social los datos que, referentes a las pensiones que hubiesen concedido, se establezcan reglamentariamente.

Redactados los apartados 1.b) y 3 conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 36, de 11 de febrero de 2016. Ref. BOE-A-2016-1320.

Aclaración normativa

Lo que necesitas saber sobre la gestión de prestaciones no contributivas 📄

La gestión de las prestaciones no contributivas es un tema importante que afecta a muchas personas en nuestro país. En este artículo, desglosaremos lo que implica esta normativa y cómo puede afectarte directamente.

¿Qué implica esta normativa para ti? 🌐

La normativa establece cómo se gestionan las prestaciones no contributivas, que son ayudas económicas destinadas a personas que no han cotizado lo suficiente para acceder a pensiones contributivas. Aquí te explico algunos puntos clave:

  • Entidades gestoras: Existen dos entidades principales que gestionan estas prestaciones:
  • Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS): Se encarga de la mayoría de las prestaciones, excepto ciertas pensiones específicas.
  • Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO): Gestiona las pensiones no contributivas de invalidez y jubilación.

¿Qué debes hacer al respecto? 📝

Si te encuentras en la situación de necesitar una prestación no contributiva, aquí tienes algunas acciones que debes considerar:

  • Informarte sobre tus derechos: Asegúrate de conocer si cumples con los requisitos para solicitar estas prestaciones.
  • Solicitar la prestación: Puedes hacerlo a través de las entidades mencionadas. Recuerda que la solicitud debe ser clara y completa.

¿Cuándo debes hacerlo? ⏰

Es crucial que estés atento a los plazos:

  • Solicitudes: Deberías presentar tu solicitud tan pronto como creas que cumples con los requisitos. No hay un plazo fijo, pero es mejor no dejarlo para el último momento.

¿Qué ocurre si no lo haces? ⚠️

Si no solicitas la prestación y crees que tienes derecho a ella:

  • Pérdida de derechos: Podrías perder la oportunidad de recibir ayuda económica que te corresponde.
  • Sanciones: Si trabajas en la gestión de estas prestaciones y no cumples con la normativa, podrías enfrentar sanciones o medidas correctivas.

¿Qué excepciones existen? 🔄

Hay algunas particularidades a tener en cuenta:

  • Comunidades Autónomas: Algunas comunidades pueden gestionar estas prestaciones si han recibido la transferencia de servicios del IMSERSO. Además, el Gobierno puede concertar acuerdos con comunidades que no tienen esta transferencia.

Ejemplo de la vida real 🏠

Imagina que eres una persona mayor que ha trabajado toda su vida, pero no ha cotizado lo suficiente para acceder a una pensión contributiva. Puedes solicitar una pensión no contributiva de jubilación a través del INSS o el IMSERSO, dependiendo de tu situación. Si resides en una comunidad autónoma que gestiona estas prestaciones, podrías hacer la solicitud directamente allí.

Información crucial 🔍

Importante: Asegúrate de comunicar todos los datos necesarios al INSS para evitar problemas con tu solicitud. Las entidades que gestionan estas pensiones tienen la obligación de informar al INSS sobre los datos de las pensiones concedidas.

Acciones concretas que debes considerar 🎯

  1. Infórmate sobre los requisitos para solicitar una prestación no contributiva.
  2. Realiza la solicitud lo antes posible si crees que cumples con los criterios.
  3. Mantente al tanto de cualquier comunicación que necesites hacer al INSS o a la entidad gestora correspondiente.

Si deseas profundizar más sobre este tema y obtener información adicional, te invitamos a registrarte en Aprende RED para acceder a más recursos y guías que te ayudarán a comprender mejor tus derechos y obligaciones.