Logo

Artículo 57. Ley General Seguridad Social

 4 vistas 
Artículo 57. Ley General Seguridad Social

Normativa

Artículo 57. Limitación de la cuantía inicial de las pensiones.

El importe inicial de las pensiones contributivas de la Seguridad Social no podrá superar la cuantía íntegra mensual que establezca anualmente la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Cuando el importe inicial de la pensión quede limitado en el ejercicio en el que se cause en la cuantía máxima de las pensiones contributivas establecida en el párrafo anterior, dicho importe se revalorizará el año siguiente mediante la aplicación del porcentaje previsto en el artículo 58.2 y las sucesivas revalorizaciones anuales se efectuarán sobre el importe resultante de la revalorización del año anterior.

En el caso de pensiones concurrentes, la suma de todas ellas no podrá superar el importe de la cuantía máxima vigente en la fecha del hecho causante de la nueva pensión, sin perjuicio de las revalorizaciones ulteriores conforme al artículo 58.2.

Si se extinguiera una de las pensiones concurrentes, la suma de las restantes no podrá superar la cuantía máxima vigente en el ejercicio en el que se reconoció la última pensión en vigor, sin perjuicio de las revalorizaciones ulteriores.

Téngase en cuenta que esta actualización, establecida por el art. único.4 del Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, Ref. BOE-A-2023-6967, entra en vigor el 1 de enero de 2025, según establece su disposición final 10.

Redacción anterior:

"El importe inicial de las pensiones contributivas de la Seguridad Social por cada beneficiario no podrá superar la cuantía íntegra mensual que establezca anualmente la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado."

Se modifica por el art. único.4 del Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo. Ref. BOE-A-2023-6967

Esta modificación entra en vigor el 1 de enero de 2025, según establece la disposición final 10 del citado Real Decreto-ley. Ref. BOE-A-2023-6967

Aclaración normativa

Lo que necesitas saber sobre la limitación de la cuantía inicial de las pensiones 📄

¿Qué implica esta normativa para ti? 🌐

  • Límite Máximo de Pensiones: El importe inicial de las pensiones contributivas no puede superar la cantidad establecida anualmente por la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
  • Revalorización: Si tu pensión se ve limitada, la revalorización se aplicará sobre el importe limitado, y las siguientes se calcularán sobre el nuevo total.

¿Qué debes hacer al respecto? 📝

  • Revisar tu Pensión: Asegúrate de que tu pensión no excede el límite establecido.
  • Planificar: Si tienes varias pensiones concurrentes, verifica que la suma no supere el límite.

¿Cuándo debes hacerlo? ⏰

  • Antes de 2025: La normativa entra en vigor el 1 de enero de 2025, así que es importante que revises tu situación antes de esa fecha.

¿Qué ocurre si no lo haces? ⚠️

  • Minoración Proporcional: Si tu pensión o la suma de pensiones excede el límite, se reducirán proporcionalmente hasta que se ajuste al máximo permitido.
  • Reconocimiento sin Efectos Económicos: Si una de tus pensiones se reconoce y supera el límite, podría no tener efectos económicos.

¿Qué excepciones existen? 🔄

  • Pensiones por Actos Terroristas: Las pensiones extraordinarias relacionadas con actos terroristas no están sujetas a esta limitación.
  • Planes de Pensiones: Las pensiones de planes de pensiones de empleo o seguros colectivos no se consideran pensiones públicas y no se computan para los límites.

Ejemplo de la vida real 🏠

Imagina que tienes dos pensiones: una por jubilación y otra por incapacidad. Si la suma de ambas supera el límite de 3.267,60 euros mensuales en 2025, se te reducirá la última pensión que recibas o incluso podría no reconocerse si ya has alcanzado el límite.

Información Crucial 🔍

Importante: La cuantía máxima para 2025 es de 3.267,60 euros mensuales, incluyendo pagas extraordinarias. Si recibes menos de 14 pagas al año, el límite mensual se ajustará.

Acciones Concretas que Debes Considerar 🎯

  1. Revisar tu situación actual: Asegúrate de que tu pensión inicial no exceda el límite.
  2. Consultar con un experto: Si tienes dudas sobre pensiones concurrentes, busca asesoramiento.
  3. Mantente informado: Regístrate en Aprende RED para recibir actualizaciones sobre la normativa y cómo te afecta.