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Artículo 98. Ley General Seguridad Social

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Artículo 98. Ley General Seguridad Social

Normativa

Artículo 98. Competencias del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

1. De conformidad con lo establecido en el artículo 5, corresponden al Ministerio de Empleo y Seguridad Social las facultades de dirección y tutela sobre las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social, las cuales se ejercerán a través del órgano administrativo al que se atribuyan las funciones.

2. Las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social serán objeto anualmente de una auditoría de cuentas, de conformidad con lo establecido en el artículo 168.a) de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, que será realizada por la Intervención General de la Seguridad Social. Asimismo anualmente realizará una auditoría de cumplimiento, de conformidad con lo previsto en el artículo 169 de la referida ley.

3. Las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social elaborarán anualmente sus anteproyectos de presupuestos de ingresos y gastos de la gestión de la Seguridad Social y los remitirán al Ministerio de Empleo y Seguridad Social para su integración en el Proyecto de Presupuestos de la Seguridad Social. Igualmente, estarán sujetas al régimen contable establecido en el título V de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, que regula la contabilidad en el sector público estatal, en los términos de aplicación a las entidades del sistema de la Seguridad Social, sin perjuicio de presentar en sus cuentas anuales el resultado económico alcanzado como consecuencia de la gestión de cada una de las actividades señaladas en el artículo 95.1, conforme a las disposiciones que establezca el organismo competente con sujeción a lo dispuesto en la citada ley. Las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social deberán rendir sus cuentas anuales al Tribunal de Cuentas en los términos previstos en el título V de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre.

4. La inspección de las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social será ejercida por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social con arreglo a lo dispuesto en el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, que comunicará al órgano de dirección y tutela el resultado de las actuaciones desarrolladas y los informes y propuestas que resulten de las mismas.

5. Las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social estarán obligadas a facilitar al Ministerio de Empleo y Seguridad Social cuantos datos e información les solicite en orden al adecuado conocimiento del estado de la colaboración y de las funciones y actividades que desarrollan, así como sobre la gestión y administración del patrimonio histórico, y deberán cumplir las instrucciones que imparta el órgano de dirección y tutela.

6. El Ministerio de Empleo y Seguridad Social editará anualmente, para conocimiento general, un informe comprensivo de las actividades desarrolladas por las mutuas durante el ejercicio en el desarrollo de su colaboración en la gestión, en los distintos ámbitos autorizados, así como de los recursos y medios públicos adscritos, su gestión y aplicaciones. Igualmente editará un informe sobre las quejas y peticiones formuladas ante la misma, de conformidad con lo establecido en el apartado anterior, y su incidencia en los ámbitos de la gestión atribuidos.

Aclaración normativa

Lo que necesitas saber sobre las competencias del Ministerio de Empleo y Seguridad Social 📄

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social juega un papel crucial en la gestión de las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social. En este artículo, vamos a desglosar lo que esto significa para ti y qué acciones debes tomar en relación a esta normativa.

¿Qué implica esta normativa para ti? 🌐

  • Dirección y tutela: El Ministerio tiene la responsabilidad de dirigir y supervisar a las mutuas colaboradoras. Esto significa que cualquier cambio en las normativas o en la gestión de estas mutuas puede afectarte directamente si eres un trabajador o empresario.
  • Auditorías anuales: Las mutuas serán auditadas cada año, lo que asegura que se cumplan las regulaciones y se gestionen adecuadamente los fondos de la Seguridad Social. Esto es importante para la transparencia y la confianza en el sistema.

¿Qué debes hacer al respecto? 📝

  • Mantente informado: Es fundamental que estés al tanto de las auditorías y los informes que se publican anualmente por el Ministerio.
  • Colabora con tu mutua: Si trabajas o estás afiliado a una mutua, asegúrate de proporcionar la información que te soliciten para facilitar su gestión.

¿Cuándo debes hacerlo? ⏰

  • Anualmente: Las auditorías y la presentación de cuentas se realizan cada año, así que es importante que estés atento a los plazos establecidos por el Ministerio.

¿Qué ocurre si no lo haces? ⚠️

  • Sanciones: No cumplir con las obligaciones de información puede llevar a sanciones tanto para las mutuas como para los trabajadores o empresarios involucrados.
  • Falta de transparencia: Esto podría generar desconfianza en el sistema de Seguridad Social, afectando a todos los usuarios.

¿Qué excepciones existen? 🔄

  • Pequeñas mutuas: En algunos casos, las mutuas más pequeñas pueden tener requisitos de auditoría simplificados.
  • Situaciones extraordinarias: Si hay una crisis o una situación excepcional, el Ministerio puede adaptar temporalmente los requisitos.

Ejemplo de la vida real 🏠

Imagina que trabajas en una empresa que está afiliada a una mutua colaboradora. Cada año, tu mutua debe realizar auditorías de sus cuentas y presentar informes al Ministerio. Si tu mutua no cumple con esto, podrías enfrentar problemas al solicitar prestaciones o servicios, ya que la falta de transparencia puede afectar la disponibilidad de recursos.

Información crucial 🔍

Importante: Las mutuas deben rendir cuentas anualmente al Tribunal de Cuentas y seguir las instrucciones del Ministerio. Esto asegura que la gestión de la Seguridad Social se mantenga en orden y transparente.

Acciones concretas que debes considerar 🎯

  1. Infórmate sobre las auditorías: Revisa los informes anuales publicados por el Ministerio.
  2. Colabora con tu mutua: Proporciona la información necesaria y mantente disponible para cualquier consulta.
  3. Cumple con los plazos: Asegúrate de que tu mutua cumpla con las auditorías y presentaciones de cuentas en los tiempos establecidos.

Si quieres profundizar más en este tema y estar al tanto de todas las actualizaciones, te invitamos a registrarte en Aprende RED para obtener más información y recursos útiles.