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Artículo 35. Orden de cotización 2025

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Artículo 35. Orden de cotización 2025

Normativa

Artículo 35. Bases y tipos de cotización por desempleo y por el Fondo de Garantía Salarial en el Sistema Especial para Empleados de Hogar establecido en el Régimen General de la Seguridad Social.

La cotización por la contingencia de desempleo y por el Fondo de Garantía Salarial por las personas trabajadoras incluidas en este sistema especial se obtendrá aplicando a las bases de cotización establecidas en el artículo 15, los siguientes tipos:

1. Para la contingencia de desempleo:

1.º Contratación de duración indefinida, será el 7,05 por ciento, del que el 5,50 por ciento será a cargo del empleador y el 1,55 por ciento, a cargo del empleado.

2.º Contratación de duración determinada, será el 8,30 por ciento, del que el 6,70 por ciento será a cargo del empleador y el 1, 60 por ciento, a cargo del empleado.

2. Para la cotización por el Fondo de Garantía Salarial: el 0,20 por ciento, que será a cargo exclusivo del empleador.

Aclaración normativa

Lo que necesitas saber sobre el Artículo 35 de la Seguridad Social 📄

El Artículo 35 del Reglamento General de Cotización y Liquidación de la Seguridad Social es fundamental para entender cómo se gestionan las cotizaciones por desempleo y el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) para los empleados de hogar. Vamos a desglosarlo de manera sencilla para que puedas comprenderlo completamente.

¿Qué implica esta normativa para ti? 🌐

Si eres un empleado de hogar o un empleador que contrata a uno, esta normativa establece las bases y tipos de cotización que debes tener en cuenta:

  • Cotización por desempleo: Se aplica un porcentaje específico sobre la base de cotización.
  • Cotización por el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA): Este es un porcentaje adicional que solo paga el empleador.

¿Qué debes hacer al respecto? 📝

Aquí te dejo un resumen de las acciones que deben realizar tanto los empleados como los empleadores:

  • Empleadores:
  • Deben calcular y pagar las cotizaciones correspondientes a sus empleados de hogar.
  • Asegurarse de que las bases de cotización se ajusten a la retribución mensual del trabajador.
  • Empleados:
  • Estar al tanto de las cotizaciones que se están realizando en su nombre.
  • Verificar que las contribuciones se realicen correctamente.

¿Cuándo debes hacerlo? ⏰

  • Mensualmente: Las cotizaciones deben ser calculadas y pagadas cada mes, en base al salario acordado y la jornada pactada.
  • Desde el inicio de la actividad: La obligación de cotizar comienza desde el primer día de trabajo del empleado, independientemente de que se haya presentado la solicitud de alta.

¿Qué ocurre si no lo haces? ⚠️

El incumplimiento de esta normativa puede acarrear serias consecuencias:

  • Recargos e intereses: Si no se realizan las cotizaciones, se aplicarán recargos sobre las cuotas adeudadas.
  • Obligación de cotizar: La obligación de cotizar no se extingue hasta que se comunique correctamente la baja y se cumpla con todos los requisitos establecidos.

¿Qué excepciones existen? 🔄

Existen algunas particularidades en la cotización para empleados de hogar:

  • Sistema Especial de Empleados de Hogar: Este sistema tiene sus propias normas de gestión, alta y baja de trabajadores, así como en la cotización.
  • Cotizaciones específicas: Las bases y tipos de cotización pueden variar según la retribución mensual del empleado y otras condiciones específicas.

Tabla comparativa de cotizaciones 📊

Tipo de Contratación Porcentaje Total A cargo del Empleador A cargo del Empleado
Duración Indefinida 7,05% 5,50% 1,55%
Duración Determinada 8,30% 6,70% 1,60%
FOGASA 0,20% 0,20% -

Ejemplo de la vida real 🏠

Imagina que tienes un empleado de hogar que trabaja a tiempo completo y gana 1,200 euros al mes.

  • Cotización por desempleo: Si se trata de una contratación de duración indefinida, el empleador debe pagar el 5,50% (66 euros) y el empleado el 1,55% (18.60 euros).
  • Cotización por FOGASA: El empleador también debe agregar un 0,20% (2.40 euros) para el FOGASA.
  • Total a cotizar: El empleador pagará un total de 68.40 euros en concepto de desempleo y FOGASA.

Información crucial 🔍

Importante: La obligación de cotizar nace desde el inicio de la actividad profesional, y el incumplimiento puede resultar en sanciones y recargos.

Acciones concretas que debes considerar 🎯

  1. Verifica la retribución mensual de tus empleados de hogar.
  2. Calcula las cotizaciones mensuales basadas en los porcentajes establecidos.
  3. Realiza los pagos puntualmente para evitar recargos.
  4. Mantente informado sobre cualquier cambio en la normativa que pueda afectar tus obligaciones.

Si deseas profundizar más sobre este tema y cómo te afecta, te invitamos a registrarte en Aprende RED, donde podrás encontrar más información y recursos útiles para cumplir con la normativa de manera efectiva.