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Artículo 38. Orden de cotización 2025

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Artículo 38. Orden de cotización 2025

Normativa

Artículo 38. Bases de cotización.

1. La cotización a la Seguridad Social, desempleo, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional derivada de los contratos de trabajo a tiempo parcial se efectuará en razón de la remuneración efectivamente percibida en función de las horas trabajadas en el mes que se considere.

2. Para determinar la base de cotización mensual correspondiente a las contingencias comunes se aplicarán las siguientes normas:

Primera. Se computará la remuneración devengada por las horas ordinarias y complementarias en el mes a que se refiere la cotización, cualquiera que sea su forma o denominación, con independencia de que haya sido satisfecha diaria, semanal o mensualmente.

Segunda. A dicha remuneración se adicionará la parte proporcional que corresponda en concepto de descanso semanal y festivos, pagas extraordinarias y aquellos otros conceptos retributivos que tengan una periodicidad en su devengo superior a la mensual o que no tengan carácter periódico y se satisfagan dentro del año natural.

Tercera. Si la base de cotización mensual, calculada conforme a las normas anteriores, fuese inferior a las bases mínimas que resulten de lo dispuesto en el artículo 39 o superior a las máximas establecidas con carácter general para los distintos grupos de categorías profesionales, se tomarán estas o aquellas, respectivamente, como bases de cotización.

3. Para determinar la base de cotización por las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, así como por desempleo, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional, se computará, asimismo, la remuneración correspondiente a las horas extraordinarias motivadas por fuerza mayor realizadas, teniéndose en cuenta las normas primera y segunda del apartado anterior. En ningún caso, la base así obtenida podrá ser superior al tope máximo señalado en el artículo 2.1 ni inferior, desde el 1 de enero de 2025, a 7,97 euros por cada hora trabajada.

Con independencia de su inclusión en la base de cotización por desempleo, en el cálculo de la base reguladora de la prestación se excluirá la retribución por estas horas extraordinarias.

4. La remuneración que obtengan las personas trabajadoras a tiempo parcial por el concepto de horas extraordinarias motivadas por fuerza mayor a las que se refiere el artículo 35.3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores queda sujeta a la cotización adicional regulada en el artículo 5.

Aclaración normativa

Lo que necesitas saber sobre las bases de cotización a la Seguridad Social en 2025 📄

La normativa sobre las bases de cotización a la Seguridad Social para 2025 ha sido actualizada y es importante que estés al tanto de cómo te afecta. Vamos a desglosar los puntos clave de esta normativa para que puedas entenderla fácilmente.

¿Qué implica esta normativa para ti? 🌐

  • Cotización proporcional: Las cotizaciones a la Seguridad Social, desempleo, y otros fondos se calcularán en función de las horas trabajadas y la remuneración efectivamente percibida. Esto significa que si trabajas menos horas, tu cotización será menor.
  • Bases mínimas y máximas: Existen límites establecidos para las bases de cotización, tanto mínimas como máximas, que afectan a todos los trabajadores.

¿Qué debes hacer al respecto? 📝

  • Revisar tu salario: Asegúrate de que tu salario y las horas trabajadas estén correctamente reflejados en tu nómina. Esto es crucial para que tu base de cotización sea correcta.
  • Consultar con tu empresa: Si trabajas a tiempo parcial o realizas horas extraordinarias, verifica cómo se están calculando tus cotizaciones.

¿Cuándo debes hacerlo? ⏰

  • Desde el 1 de enero de 2025: La normativa entra en vigor a partir de esta fecha, así que es importante que estés preparado y que tu empresa esté cumpliendo con estas nuevas regulaciones desde el primer día del año.

¿Qué ocurre si no lo haces? ⚠️

  • Sanciones: No cumplir con las obligaciones de cotización puede resultar en sanciones y multas para tu empleador, además de afectar tus derechos a prestaciones futuras.
  • Impacto en prestaciones: Si no se cotiza correctamente, podrías ver afectadas tus prestaciones por desempleo o pensiones en el futuro.

¿Qué excepciones existen? 🔄

  • Trabajadores a tiempo parcial: Si trabajas a tiempo parcial, tu base de cotización se ajustará a las horas trabajadas, pero hay un mínimo que debe ser respetado.
  • Horas extraordinarias: Las horas extraordinarias motivadas por fuerza mayor tienen un tratamiento especial en cuanto a cotización, así que asegúrate de que se estén contabilizando correctamente.

Tabla comparativa de bases de cotización 📊

Tipo de Cotización Base Mínima (€) Base Máxima (€)
General 1.381,20 4.909,50
Trabajadores Autónomos (RETA) 1.381,20 4.909,50
Empleados del Hogar 60,05/día N/A
Trabajadores Agrarios 60,05/día N/A

Ejemplo de la vida real 🏠

Imagina que trabajas 20 horas a la semana en un empleo a tiempo parcial. Si tu salario es de 1.500 euros al mes, tu cotización se calculará en base a este monto. Sin embargo, si trabajas horas extraordinarias, esas horas también se sumarán a tu base de cotización, pero solo hasta un cierto límite. Si no se registran correctamente, podrías estar cotizando menos de lo que deberías, lo que afectaría tus derechos a prestaciones en el futuro.

Información crucial 🔍

Importante: La base máxima de cotización para 2025 es de 4.909,50 euros mensuales y la mínima es de 1.381,20 euros mensuales.

Acciones concretas que debes considerar 🎯

  1. Revisa tu nómina: Asegúrate de que tu salario y horas trabajadas se reflejan correctamente.
  2. Consulta con tu empresa: Pregunta sobre cómo se están calculando tus cotizaciones, especialmente si trabajas a tiempo parcial o realizas horas extraordinarias.
  3. Infórmate sobre tus derechos: Conoce cuáles son tus derechos en cuanto a prestaciones por desempleo y pensiones para asegurarte de que estás protegido.

Si quieres profundizar más en este tema y estar al día con todas las novedades en materia de cotización y derechos laborales, te invitamos a registrarte en Aprende RED. ¡No te quedes con dudas!