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Artículo 41. Orden de cotización 2025

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Artículo 41. Orden de cotización 2025

Normativa

Artículo 41. Cotización en la situación de pluriempleo.

Cuando la persona trabajadora preste sus servicios en dos o más empresas en régimen de contratación a tiempo parcial, cada una de ellas cotizará en razón de la remuneración que le abone. Si la suma de las retribuciones percibidas sobrepasase el tope máximo de cotización a la Seguridad Social, este se distribuirá en proporción a las abonadas a la persona trabajadora en cada una de las empresas.

Aclaración normativa

Lo que necesitas saber sobre la cotización en la situación de pluriempleo 📄

La nueva normativa que se ha implementado bajo la Orden PJC/178/2025, publicada el 25 de febrero de 2025, trae consigo importantes cambios para aquellos que trabajan en pluriempleo. Pero, ¿qué significa esto para ti y cómo te afecta? Vamos a desglosarlo de manera sencilla y clara.

¿Qué implica esta normativa para ti? 🌐

  • Pluriempleo definido: Si trabajas para dos o más empresas a tiempo parcial, esto se considera pluriempleo. Cada empresa cotizará a la Seguridad Social según lo que te pague.
  • Tope máximo de cotización: Si la suma de tus salarios supera el tope máximo de cotización (que es de 4.909,50 euros mensuales para 2025), este monto se distribuirá entre las empresas en proporción a lo que cada una te paga.

¿Qué debes hacer al respecto? 📝

  • Solicitar el prorrateo: Si estás en situación de pluriempleo, tú o tus empleadores pueden solicitar que se realice el prorrateo de la cotización.
  • Mantener registros claros: Asegúrate de llevar un registro de tus salarios en cada empleo para facilitar el proceso de distribución del tope máximo.

¿Cuándo debes hacerlo? ⏰

  • Desde el mes de pluriempleo: El prorrateo tendrá efecto desde la liquidación de cuotas del mes en que se acredite tu situación de pluriempleo.
  • Fechas clave: Es importante estar atento a las fechas de liquidación de cuotas de la Seguridad Social para no perder la oportunidad de solicitar el prorrateo.

¿Qué ocurre si no lo haces? ⚠️

  • Rectificación por parte de la Tesorería: Si no se realiza el prorrateo correctamente, las direcciones provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social pueden rectificar la distribución, lo que podría afectar tu cotización.
  • Posibles sanciones: En algunos casos, la falta de cumplimiento puede llevar a sanciones o a un ajuste desfavorable en tu cotización.

¿Qué excepciones existen? 🔄

  • Régimen General específico: Si uno de tus empleos está incluido en un Régimen General específico, se realizará una doble distribución del tope máximo para diferentes contingencias.
  • Diferentes bases mínimas: Si trabajas en empresas con diferentes bases mínimas de cotización, se tomará la base mínima de mayor cuantía para la distribución.

Ejemplo de la vida real 🏠

Imagina que trabajas en dos empresas: en la primera te pagan 2.500 euros y en la segunda 3.000 euros al mes. Tu salario total es de 5.500 euros, que supera el tope máximo de 4.909,50 euros. En este caso, el tope se distribuirá así:

  • Empresa 1: 2.500 / 5.500 = 45.45% de la cotización.
  • Empresa 2: 3.000 / 5.500 = 54.55% de la cotización.

Ambas empresas cotizarán por ti en proporción a lo que te pagan.

Información crucial 🔍

Importante: El tope máximo de cotización para 2025 es de 4.909,50 euros mensuales. Asegúrate de estar al tanto de cómo se distribuye este monto entre tus empleadores.

Acciones concretas que debes considerar 🎯

  1. Revisa tus contratos de trabajo: Asegúrate de entender cuánto te pagan en cada empleo.
  2. Solicita el prorrateo: Habla con tus empleadores sobre la posibilidad de solicitar el prorrateo de la cotización.
  3. Mantén un registro de tus ingresos: Lleva un control de tus ingresos mensuales en cada empresa para facilitar el proceso de cotización.

Recuerda que estar informado es clave para manejar correctamente tu situación laboral. Si deseas profundizar más en este tema y conocer todos los detalles de la normativa, ¡regístrate en Aprende RED! Te ayudaremos a entender mejor tus derechos y obligaciones.